Documentos para ALCALDE/SA :: Crédito Publico
Año   Documento   Restrictor  
2002   Concepto 47 de 2002 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

En el contrato de Préstamo suscrito entre el Banco Interamericano de Desarrollo BID y el Distrito Capital, para el desembolso de recursos destinados al desarrollo del Programa de Fortalecimiento Institucional de Bogotá, D. C. el Alcalde Mayor, es competente para comprometer los intereses del Distrito como entidad territorial.
 

 
2009   Circular Externa 5 de 2009 Ministerio de Hacienda  

Sobre vigencias futuras para proyectos y su financiación. i) ¿[E]l monto total de los compromisos que se adquieren con cargo a presupuestos futuros de gasto pueden afectar el ahorro operacional (¿) en cuanto las vigencias futuras, ordinarias o excepcionales, correspondan a gastos de funcionamiento; por ello, en la medida en que la relación intereses sobre ahorro operacional, incluida la totalidad de las vigencias futuras de funcionamiento, supere el 40%, la Asamblea o Concejo respectivo, no podrá autorizar la asunción de compromisos con cargo a presupuestos de vigencias futuras.¿ ¿De igual manera, el monto total de los compromisos que se adquieren con cargo a presupuestos futuros de gasto afectan el superávit primario en cuanto las vigencias futuras, ordinarias o excepcionales, correspondan a gastos de funcionamiento y/o a inversión; por ello, en la medida en que la relación superávit primario a servicio de la deuda, incluida la totalidad de las vigencias futuras, sea inferior al 100%, la corporación de elección popular, no podrá autorizar la asunción de compromisos con cargo a presupuestos de vigencias futuras.¿ ii) ¿[E]l hecho de que la financiación o pago de las obligaciones pueda involucrar más de una vigencia, no constituye por sí mismo una vigencia futura¿. iii) ¿[C]orresponde a las Corporaciones Administrativas evaluar el alcance de los conceptos propuestos como proyectos por la administración central para establecer si de acuerdo con lo establecido en el Plan de Desarrollo departamental o municipal, corresponden a proyectos, subprogramas o programas.¿ iv) ¿Dado que existen inquietudes sobre los aspectos específicos que pueden concluir que un proyecto es de importancia estratégica (¿) es preciso aclarar que dicho concepto está ligado a la autorización de vigencia futura que supere el período de gobierno del Presidente, gobernador o alcalde.¿ ¿Se entiende (¿) que la declaratoria de importancia estratégica y las prioridades de los proyectos de inversión deberán estar consignadas o reglamentadas en la parte general del Plan de Desarrollo, de tal suerte que el Conpes (para la Nación) y los Consejos de Gobierno (para las entidades territoriales) puedan sustentar, desde el punto de vista técnico, financiero, económico y de políticas públicas, las conveniencias, las consecuencias y los impactos en el desarrollo económico y social de la comunidad.¿
 

 
2010   Circular Conjunta 1 de 2010 Ministerio de Hacienda  

¿Las autorizaciones que los gobernadores y alcaldes han venido solicitando a las respectivas asambleas departamentales y concejos municipales, de lo que impropiamente han denominado vigencias futuras,¿ no ¿pueden ser autorizadas en las normas y estatutos orgánicas de las entidades territoriales¿ ¿Al constituir, dichas autorizaciones, operaciones de crédito, su trámite y aprobación ha de sujetarse a lo previsto de manera perentoria por las leyes 358 de 1997 y 819 de 2003, lo cual viene pretermitiendo de manera sistemática.¿ ¿En consecuencia, Las operaciones de crédito aprobadas bajo la forma de vigencias futuras, deberán ser derogadas por las respectivas asambleas departamentales o concejos municipales.¿
 

 
2016   Acuerdo 657 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017. Las operaciones de crédito público y asimiladas a las mismas, las operaciones de manejo de la deuda y las conexas a las anteriores necesarias para financiar a las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, así como las gestiones tendientes a la definición, estructuración, negociación y celebración de dichas operaciones, serán tramitadas exclusivamente por la Dirección Distrital de Crédito Público de la Secretaría Distrital de Hacienda.
 

 

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