participación en comisiones, art. 10.
El Alcalde o su delegado debe integrar la comisión de los municipios o de los distritos y áreas metropolitanas, art.11
Concede comisión de servicios, al Alcalde Mayor de Bogotá, al interior del país a partir de las 5:00 p.m., del 27 y hasta las 12:00 del 29 de enero de 2017.
Reglamenta el funcionamiento de la Comisión Asesora Distrital de Política Criminal y Tratamiento Carcelario.