Documentos para TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR :: Publicidad Exterior Visual
Año   Documento   Restrictor  
2009   Resolución 4294 de 2009 Ministerio de Transporte  

Prohíbe la publicidad exterior visual, vallas, letreros o avisos en vehículos destinados al Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor, de carga, colectivo e individual de pasajeros de radio de acción metropolitano, distrital y municipal, de pasajeros por carretera, especial y mixto, por lo tanto no se podrán expedir nuevos registros que autoricen el porte de vallas, letreros o avisos en vehículos automotores registrados en el servicio público de transporte terrestre automotor. Señala que todos los vehículos que conforman la capacidad transportadora autorizada, deberán portar únicamente los colores y distintivos registrados y los señalados por las disposiciones legales vigentes. Indica que la actual publicidad exterior visual registrada y autorizada hasta la fecha, podrá permanecer instalada hasta el vencimiento de las autorizaciones otorgadas.
 

 
2009   Resolución 5572 de 2009 Secretaría Distrital de Ambiente  

Regula las características, prohibiciones, sanciones y condiciones técnicas para la fijación o instalación de la Publicidad Exterior Visual en vehículos automotores distintos a los de Servicio Público, tales como, vehículos de carga, rígidos, camionetas, camiones, tractocamiones, con remolque, remolque balanceado; motocicletas, motociclos, moto triciclos, cuatrimotos, motocarros, además de los pequeños remolques halados por motocicletas, motociclos, moto triciclos, o cuatrimotos. Con respecto a los vehículos de empresas que no distribuyan sus productos o presten sus servicios en el Distrito Capital y que se encuentren en transito hacia otros municipios o ciudades determina que estarán exentos de las disposiciones en comento.
 

 
2010   Resolución 3019 de 2010 Ministerio de Transporte  

Deroga las Resoluciones del Min. Transporte 4294 y 5112 de 2009 por medio de la cual prohíbe la publicidad exterior visual, vallas, letreros o avisos en vehículos destinados al Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor y se exceptúa al Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Carga de la antedicha medida respectivamente. Determina que los alcaldes locales municipales, distritales o las autoridades que ellos hayan delegado o hagan sus veces deberán expedir los nuevos registros que autoricen el porte de publicidad exterior visual, en en vehículos automotores registrados en el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor, previo el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 140 de 1994.
 

 
2011   Resolución 3127 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente  

Autoriza y regula el aprovechamiento temporal del paisaje urbano del Distrito Capital, con elementos de publicidad exterior visual, con ocasión del Mundial de Fútbol Sub-20, Colombia 2011, con base en el Programa de Decoración de la Ciudad Anfitriona, de que trata el Convenio suscrito entre la FIFA y Bogotá, el 25 de abril de 2008. Con ese propósito, se determinan las condiciones técnicas, dimensiones, elementos y lugares autorizados, para la instalación de la publicidad exterior visual aprobada y alusiva exclusivamente al Campeonato Mundial de Fútbol de la FIFA Sub-20 Colombia 2011.
 

 
2014   Decreto 200 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la Publicidad Política o Propaganda electoral en su modalidad de publicidad exterior visual autorizada de los partidos políticos, movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que van a participar en las elecciones para la Presidencia de la República a celebrarse el 25 de mayo de 2014. Los elementos de Publicidad Exterior Visual de que trata el presente Decreto, deberán ser desmontados dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la finalización de la contienda electoral, por cada uno de los Partidos, Movimientos Políticos con personería jurídica o los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que los hayan instalado.
 

 
2015   Decreto 299 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula la publicidad política o propaganda electoral, en su modalidad de publicidad exterior visual autorizada para los partidos políticos, movimientos políticos con personería jurídica y los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que participarán en las elecciones para gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y juntas administradoras locales, que se llevarán a cabo el día 25 de octubre de 2015, y que regirá únicamente en el territorio del Distrito Capital. Se establecen definiciones, elementos publicitarios utilizados, distribución, lugares prohibidos para colocación de publicidad política o propaganda electoral, condiciones para la utilización de vallas, prohibición de instalación de vallas electrónicas o pantallas, publicidad en vehículos, instalación de avisos en sedes de campaña, limite de fijación de afiches y carteles, competencia de la Secretaría Distrital de Ambiente para la imposición de sanciones y obligación de desmonte de los elementos de publicidad exterior.
 

 

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