Documentos para ACCIÓN DISCIPLINARIA :: Caducidad de la Sanción Disciplinaria
Año   Documento   Restrictor  
2001   Sentencia 190 de 2001 Consejo Superior de la Judicatura  

La Sala Jurisdiccional del Consejo Superior de la Judicatura confirma la sentencia del 10 de octubre de 2000 proferida por la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima, mediante la cual impuso una sanción de amonestación escrita con anotación en la hoja de vida al doctor JAIME HERNANDEZ AVILA, Juez Promiscuo Municipal de Alvarado ( Tolima) toda vez que encuentra responsabilidad en el funcionario judicial disciplinado a titulo de culpa en razón de no haber operado oficiosamente, ni a petición de parte por los mecanismos jurídicos que le permitían hacer cesar la conducta irregular del auxiliar de la justicia, precisando también que El juez es sin duda alguna el principal sujeto del proceso, pues le corresponde dirigirlo e impulsarlo para que atraviese por las distintas etapas del procedimiento con mayor celeridad; teniendo también la obligación de controlar la conducta de las partes para evitar la mala fe, el fraude procesal o la lealtad y probidad, y procurar a su vez la igualdad real de las partes, permitiéndoles las mismas oportunidades para que logren la realización de los fines que se han propuesto. Por lo demás, el juez tiene poderes disciplinarios para superar los obstáculos en el diligenciamiento que le corresponde en ejercicio de sus propias actividades...En síntesis, el juez es el verdadero director del proceso y en esta forma cumple el principio universalmente conocido y aceptado de la inmediación.
 

 
2007   Ley 1123 de 2007 Congreso de la República de Colombia  

Se especifican las causales de extinción de la sanción disciplinaria las cuales son: muerte del sancionado, rehabilitación y prescripción, en punto a esta ultima la sanción prescribirá en un término de 5 años contados a partir de la ejecutoria del fallo.
 

 
2012   Fallo 1314 de 2012 Consejo de Estado  

¿La caducidad de la sanción disciplinaria se encuentra establecida en el artículo 32 de la Ley 734 de 2002, aplica cuando habiendo fallo disciplinario, la sanción impuesta no se ejecuta dentro de los 5 años contados a partir de la ejecutoria¿.
 

 
2013   Fallo 11 de 2013 Consejo de Estado  

Estima la Sala que el término de caducidad para efectos de controvertir la legalidad de la referida sanción comienza a contarse a partir de la firmeza de los actos que dieron por finalizada la actuación administrativa sancionatoria y no desde la notificación de las Resoluciones, las cuales, como quedó ampliamente expuesto, no tienen el carácter de actos de ejecución de la sanción anotada, en la media en que fueron expedidas por el Fiscal General de la Nación con fundamento en lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 79 del Decreto 261 de 2000 ante la existencia de una inhabilidad sobreviniente.
 

 
2013   Fallo 16 de 2013 Consejo de Estado  

El término de caducidad de la acción electoral, de conformidad con el numeral 12 del artículo 136 del C.C.A, es de 20 días contados a partir del siguiente a aquél en el cual se notifique legalmente el acto por medio del cual se declara la elección o se haya expedido el nombramiento de cuya nulidad se trata, en caso que el acto de nombramiento sea aclarado, adicionado o modificado por otro acto, este último igualmente debe ser demandado junto con el primero pues éste es el que concluye la actuación administrativa y tiene la virtualidad de crear o modificar situaciones jurídicas. Entonces, en el caso concreto, la caducidad de la acción se cuenta desde el día siguiente de la expedición del acto aclaratorio, esto es, desde el 4 de febrero de 2012.
 

 
2019   Fallo 00283 de 2019 Consejo de Estado  

Aclara el término de la prescripción de la acción disciplinaria, que comienza a correr una vez la falta se consuma; sin embargo, ello ocurre de diferente manera según se trate de una falta disciplinaria instantánea o de una sucesiva.
 

 

Total: 6 documentos encontrados para ACCIÓN DISCIPLINARIA :: Caducidad de la Sanción Disciplinaria