Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1997 |
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Ley 418 de 1997 Congreso de la República de Colombia
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Se dictan disposiciones para facilitar el diálogo y la suscripción de acuerdos con organizaciones armadas al margen de la ley, a las cuales el Gobierno Nacional les reconozca carácter político para su desmovilización, reconciliación entre los colombianos y la convivencia pacífica, Art. 8 a 12. |
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2002 |
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Ley 782 de 2002 Congreso de la República de Colombia
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Se prorroga el término por cuatro (4) años de la Ley 418 de 1997, Art. 1. Intervención el proceso de paz, participación, diálogos y negociación de acuerdos con autorización del Gobierno Nacional; solidaridad social, protección de la población civil, Art. 2 a 25. Procedimiento para la desmovilización de grupos alzados en armas, Art. 26 a 34. Autorización para los Gobernadores y Alcaldes para la celebración de convenios administrativos para reconstrucción de inmuebles afectados por la perturbación del orden público, Art. 36 |
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2003 |
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Decreto 128 de 2003 Nivel Nacional
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Se señala Política de reincorporación a la vida civil, art. 1. Definiciones, art. 2. Proceso de desmovilización, art. 3. Recepción, art. 4. Garantía de los derechos humanos, art. 5. Beneficios preliminares, art. 6 a 10. Proceso de reincorporación a la vida civil y sus beneficios, art. 11 a 21. Grupos especiales, duración del programa, difusión, art. 26 a 31. Vigencia, art. 32. |
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2003 |
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Decreto 1000 de 2003 Nivel Nacional
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Se excluye el artículo 52 de la Ley 418 de 1997, de ser prorrogada por el término señalado en la Ley 782 de 2002, art. 1. Se modifica lo que respecta al proceso de adelantar diálogos con los grupos armados organizados al margen de la ley, art. 2. Publicación de la corrección , art. 3. Vigencia, art. 4. |
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2016 |
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Ley 1779 de 2016 Congreso de la República de Colombia
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Modifica la Ley 418 de 1997 para incluir una autorización al Gobierno nacional para adelantar diálogos con grupos armados con el fin de promover la reconciliación entre los Colombianos, la convivencia pacífica y lograr la paz. Señala que se entiende por grupo armado organizado al margen de la ley, aquel que bajo la dirección de un mando responsable, ejerza sobre una parte del territorio un control tal que le permita realizar operaciones sostenibles y concertadas. |
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Diálogos con Grupos Alzados en Armas
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