Documentos para TRANSPORTE PUBLICO - TAXIS :: Taxímetros
Año   Documento   Restrictor  
1955   Decreto 186 de 1955 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se dicta una disposición sobre taxímetros, respecto a las Agencias vendedoras de taxímetros y los Talleres dedicados a la reparación de los mismos, de proveerse de una licencia expedida por la Secretaria de Transito y Transportes, art. 1. Reglamentación, art. 2.
 

 
1970   Decreto 1344 de 1970 Nivel Nacional  

Artículo 193 Decreto Nacional 1344 de 1970 Se prohibe la prestación del servicio sin activar el taxímetro
 

 
1998   Decreto 167 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 167 de 1998 Se implementa el sistema de liquidación de tarifas por unidades
 

 
1998   Decreto 384 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 384 de 1998 Se incrementa el valor de la Unidad de liquidación de tarifas para los vehículos tipo taxi
 

 
1999   Decreto 101 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 101 de 1999 se dictan disposiciones para la prestación del servicio público de transporte en vehículos taxi en el Distrito Capital
 

 
1999   Decreto 202 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 202 de 1999 Se dictan normas sobre la prestación de servicios públicos de taxis
 

 
1999   Decreto 207 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 207 de 1999 Se fija el valor de la unidad en la liquidación de las rifas
 

 
1999   Resolución 392 de 1999 Ministerio de Transporte  

Modifica la fórmula de que trata el artículo tercero, numeral 5.3 de la Resolución 4350 de 1998 expedida por el Min. Transporte, utilizada para establecer el valor de cada caída o valor de la unidad del taxímetro.
 

 
2002   Ley 769 de 2002 Congreso de la República de Colombia  

Se establece requisito para prestar servicio público, vehículos, taxis, art. 89.
 

 
2017   Decreto 568 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece las tarifas para el servicio público de transporte automotor individual de pasajeros en el nivel básico en vehículos tipo taxi en Bogotá, D.C., se fijan las condiciones para el reconocimiento del factor de calidad del servicio y se adota para el servicio público de transporte automotor individual de pasajeros en el nivel básico el sistema de cobro mediante plataforma tecnológica implementada por el Decreto Distrital 456 de 2017, que hará las veces de taxímetro de conformidad con lo establecido en la Resolución 2163 de 2016.
 

 

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