Documentos para TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS :: Medidas Transitorias de Transporte en Bogotá D.C.
Año   Documento   Restrictor  
2006   Resolución 271 de 2006 Secretaría Distrital de Tránsito y Transporte  

Dicta disposiciones transitorias en materia de transporte público en la Ciudad de Bogotá D.C., con ocasión del cese de actividades definido por parte del sector transportador para el día 25 de mayo de 2006, medidas que cesarán una vez superadas la situación presentada. Autoriza transitoriamente la libertad de rutas y frecuencias de despacho para garantizar la cobertura del servicio de transporte público, autoriza transitoriamente a las empresas de servicios especiales, a los vehículos de transporte escolar y a las empresas de servicio colectivo de radio de acción nacional, la prestación del servicio público de transporte colectivo.
 

 
2010   Decreto 81 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Levanta temporalmente la restricción de circulación de los vehículos de transporte público colectivo e individual, y de los prestadores de servicio especial en automóvil, consagrado en el Decreto 660 de 2001, los días 1 y 2 de marzo de 2010.
 

 
2010   Resolución 72 de 2010 Secretaría Distrital de Movilidad  

Autoriza transitoriamente la prestación del servicio público colectivo de transporte dentro de la jurisdicción del Distrito Capital, durante el día 1 de marzo de 2.010, a los vehículos particulares, de servicio especial - turismo, escolar y de empleados-, los de transporte de pasajeros por carretera y los vehículos de transporte público individual ¿ taxi, con el fin de conjurar la .alteración en el transporte publico colectivo dentro del territorio distrital
 

 
2015   Acuerdo 592 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

La Administración Distrital, a través de la Secretaría de Movilidad, Fondo de Vigilancia y Seguridad y la Empresa Transmilenio, tomará las medidas necesarias con el objeto de implementar el uso de un sistema tecnológico de seguridad en el servicio de Transporte Público Individual y colectivo de Pasajeros, el cual se integrará al sistema de vigilancia existente, para lograr una mayor eficiencia, eficacia y cobertura de la seguridad en el Distrito Capital. La implementación del sistema tecnológico de seguridad se hará de manera gradual en un plazo máximo de tres años a partir de la vigencia del presente Acuerdo.
 

 

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