Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1989 |
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Decreto 85 de 1989 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Se establecerán corredores nocturnos -trayectoria vial adicional al sistema de transporte regular que prestará el servicio en un horario determinado- que garanticen el desplazamiento de los usuarios a los sectores periféricos. Fijación de tarifas. |
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1996 |
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Decreto 340 de 1996 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Radio de acción periférico, es el prestado dentro del perímetro del Distrito Capital y sirve zonas de condiciones topográficas y/o de infraestructura vial de difícil acceso, incluyendo los conjuntos residenciales aislados de escasa demanda. |
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1997 |
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Decreto 3 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Define políticas en materia de Transporte Público Colectivo Municipal Pasajeros y/o Mixto en el Radio de Acción Periférico |
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1998 |
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Decreto 91 de 1998 Nivel Nacional
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Se establecen normas para la habilitación y la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor, aplicación, definición y clasificación, art. 1 a 3. Metodología para la evaluación de las empresas de transporte público terrestre automotor, art. 31 a 37. Prestación del servicio, permisos, art. 38 a 41. Transporte público colectivo de pasajeros y mixto con radio de acción nacional, Procedimientos para la determinación de las necesidades de movilización, art. 42 a 48. Prolongación y Modificación de rutas y cambio de clase de vehículos, art. 52 a 54. Capacidad transportadora, art. 55 y 56. |
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2001 |
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Resolución 3103 de 2001 Secretaría Distrital de Tránsito y Transporte
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Se reglamenta la expedición de ¡os permisos de operación de los vehículos particulares autorizados para prestar el servicio público de transporte en ¿rutas periféricas", requisitos, vigencia del permiso, art. 1 a 5. Entablar denuncia en caso de pérdida del permiso, art. 6. El cambio de servicio de publico a particular no podrán ser objeto del permiso especial de operación, art. 7. Prohibición de sobre cupo, art. 8. Control y vigilancia, art. 9 a 11. |
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2003 |
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Resolución 502 de 2003 Secretaría Distrital de Tránsito y Transporte
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Se toma medidas para el mejoramiento del servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera dentro del perímetro urbano del Distrito Capital, prohibición de recoger pasajeros en lugares diferentes a las plataformas autorizadas en el Terminal de Transportes, art. 1. Imponer un sello adhesivo, art. 2. Control por parte de la Policía Metropolitana, art. 3 a 5. Imposición de sanciones, art. 6. Vigencia, art. 7. |
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2005 |
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Fallo 226 de 2005 Consejo de Estado
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La Secretaría de Tránsito y Transporte no ha hecho otra cosa que fijar las condiciones y requisitos para la renovación del permiso especial a propietarios de vehículos particulares para la prestación del servicio de transporte de pasajeros en rutas periféricas, las cuales se presumen que desarrollan y precisan los requisitos y condiciones señaladas en las normas legales reglamentarias de la materia. Los preceptos acusados en modo alguna disponen suspender los permisos en comento, lo que prevén está referido a los casos en que esos permisos se hubieran vencido y su titular hubiera pretendido renovarlos, lo cual de ninguna forma se puede tomar como reglamentación de la suspensión de los que estaban vigentes. Las disposiciones acusadas no aparecen excediendo, modificando y contrariando las normas reglamentadas, ni violando las demás normas superiores; la autoridad que las expidió tiene competencia para ello, por cuanto se encuentra facultada para "Dictar las medidas de carácter reglamentario y sancionatorio, cuyas atribuciones le confieran las normas vigentes de tránsito y transporte, así como ejercer las delegaciones que le sean asignadas", y en este caso la atribución en la que se enmarca la resolución acusada es en la de ejercer la vigilancia y control del servicio de transporte público dentro de su jurisdicción territorial. |
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Radio de Acción Periférico
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