Documentos para SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES :: Gastos
Año   Documento   Restrictor  
2011   Circular 2 de 2011 Superintendencia de Sociedades  

De conformidad con el parágrafo 3° del artículo 10 del Decreto 4334 de 2008, los gastos propios de la intervención serán cancelados con cargo a los recursos (fondo cuenta) que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público transfiera a la Superintendencia de Sociedades, siendo entonces esta última entidad la que controla los gastos en que se incurra en el proceso de intervención, analizará los soportes y verificará que tales gastos sean pertinentes, necesarios, razonables y ajustados a cada etapa del proceso de Toma de Posesión. Por otro lado para el pago de los honorarios del Agente Interventor serán cancelados con cargo a los recursos (fondo cuenta) que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público transfiera a la Superintendencia de Sociedades.
 

 

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