Documentos para SUBSIDIO FAMILIAR :: Reglamentación
Año   Documento   Restrictor  
1982   Ley 21 de 1982 Congreso de la República de Colombia  

Se modifica el régimen de subsidio familiar, concepto, arts. 1 a 6. Aportes, obligación, pagos, determina su destinación, efectos, conducto Caja de Compensación Familiar, efectos de liquidación de aportes; arts, 7 a17. De los trabajadores beneficiarios, calidad y requisitos, derecho, porcentaje según salario variable, derecho al pago y período para efectividad. Art.18 a 24. Períodos de incapacidad, pago; art. 25 y 26. Las personas a cargo, derecho, requisitos, período, acreditar la calidad, caso de muerte de trabajador; cobro simultáneo con la remuneración; obligación de aviso a las Cajas de nacimientos y muertes; control de eficacia sobre programas de medicina infantil, control; art.27 a 37.Cajas de Compensación, art.39 a 68. Subsidio en el Sector Primario, art. 69 a 80. Consejo Superior del Subsidio Familiar, art. 81 a 92.
 

 
1989   Decreto 784 de 1989 Nivel Nacional  

Reglamentación de del Subsidio Familia, afilaidos, en especie, en servicios, pensionados, disposiciones generales
 

 
2002   Circular 1 de 2002 Departamento Administrativo de la Función Pública - Dafp  

Reconocimiento en dinero, especie o servicios, a los trabajadores de medianos y menores ingresos, en proporción al numero de personas a cargo.
 

 
2004   Concepto 46841 de 2004 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

El Distrito como empleador aportante, según la Ley 21 de 1982, tiene una doble calidad, en cuanto al 1% a que se refiere el numeral 4) del artículo 11 con destino a las escuelas industriales e institutos técnicos, pasa a ser sujeto pasivo de la obligación tributaria en su carácter de empleador, y a su vez se encuentra que los establecimientos educativos oficiales y escuelas industriales distritales son beneficiarios de los recursos por destinación expresa de la Ley. De otro lado, cuando el Ministerio de Educación Nacional recauda la contribución parafiscal, en la medida que la misma Ley lo estableció, pasa a ser sujeto activo de la contribución parafiscal, en tanto que tiene otorgada la facultad de recaudarlo, y además por el Decreto 1928 de 1997, la facultad de ejecutar los recursos dentro del marco de los planes, programas y proyectos que promuevan el desarrollo de la educación técnica de estos establecimientos educativos. Más aún, si consideramos que el artículo 111 de la Ley 633 de 2000, otorga al Ministerio de Educación Nacional la potestad de destinar los recursos a que hace referencia el numeral 4) del artículo 11 de la Ley 21 de 1982, a proyectos de mejoramiento en infraestructura y dotación de las instituciones de educación media técnica y media académica, permitiendo que sea ese Ministerio quien señale las prioridades de inversión, estudio y seguimiento de los proyectos. De donde puede establecerse que no es de la órbita del Distrito Capital determinar la destinación del aporte parafiscal.
 

 
2011   Sentencia C-440 de 2011 Corte Constitucional de Colombia  

El subsidio familiar es una prestación social pagadera en dinero, en especie y en servicios a los trabajadores de medianos y menores ingresos, en proporción al número de personas a cargo y su objetivo fundamental consiste en el alivio de las cargas económicas que representa el sostenimiento de la familia, como núcleo básico de la sociedad. De esa definición se desprenden tres modalidades de subsidio que son desarrolladas en la ley: en dinero, en especie y en servicios. El subsidio en dinero es la cuota monetaria que se paga por cada persona a cargo que dé derecho a la prestación; el subsidio en especie es el reconocimiento de alimentos, vestidos, becas de estudio, textos escolares, drogas y demás frutos o géneros diferentes al dinero que determine la reglamentación (...), y el subsidio en servicios es aquél que se reconoce a través de la utilización de obras y programas sociales que organicen las Cajas de Compensación Familiar".
 

 
2014   Decreto 682 de 2014 Nivel Nacional  

Establece los mecanismos para que los colombianos residentes en el exterior y los miembros de sus familias domiciliados en Colombia, que no estén obligados a cotizar al Sistema de Seguridad Social Integral, puedan acceder a las prestaciones del Sistema General de Pensiones en calidad de independientes y a los servicios sociales que otorga el Sistema de Subsidio Familiar. Adicionalmente fija reglas para la afiliación voluntaria, condiciones, y prestaciones del sistema de subsidio familiar, mecanismos de pago, programas especiales y promoción de la afiliación.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 Nivel Nacional  

Compila las normas relacionas con el subsidio familiar de vivienda de interés social para áreas urbanas, en dinero para áreas urbanas y las generalidades del mismo, la distribución de los recurso para dicho subsidio, la oferta de soluciones de vivienda, los procedimientos de acceso y el concurso de esfuerzo territorial nacional y departamental, calificación de los planes de soluciones de vivienda, bolsa de postulaciones de ahorro programado contractual con evaluación crediticia favorable, sistema de ahorro para la vivienda, postulación a los subsidios, calificación y asignación de subsidios, giro del subsidio familiar de vivienda, aportes, conformación y manejo de los fondos para el Subsidio, el seguimiento a la ejecución de los recursos de los Fondos, el sistema de Información de Subsidio Familiar; los subsidios para población en situación de desplazamiento, así como para los afectados por el fenómeno de la Niña 2010-2012, los seguros e interventorias. Asimismo, regula lo relacionado con el Subsidio Familiar de Madres Comunitarias, para recicladores y concejales. Los asignados a la afectaciones por desasteres naturales, calamidad pública y/o emergencia. Los otorgados por Cajas de Compensación Familiar (Libro 2).
 

 
2019   Decreto 1533 de 2019 Nivel Nacional  

Efectua ajustes a los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto 1077 de 2015, para la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda a través de las Cajas de Compensación Familiar.
 

 
2020   Decreto 046 de 2020 Nivel Nacional  

Modifica distintas disposiciones del Decreto Único Reglamentario del sector Vivienda, Ciudad y Territorio, con el fin de ajustar las mismas a los nuevos parámetros establecidos por el Plan Nacional de Desarrollo en materia de precio máximo de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario.
 

 
2021   Resolución 025 de 2021 Ministerio de Salud y Protección Social  

Modifica el artículo 10 de la Resolución 1126 de 2020 en relación con el plazo de puesta en operación de las funcionalidades del Sistema de Subsidio Familiar a través del SAT.
 

 
2021   Resolución 479 de 2021 Secretaría Distrital del Hábitat  

Adopta el manual de oferta de vivienda de interés social e interés prioritario
 

 
2023   Decreto 1960 de 2023 Nivel Nacional  

Modificar los programas Familias en Acción y Jóvenes en Acción y se incorporan las transferencias monetarias al Sistema de Transferencias creado por la Ley 2294 de 2023.
 

 

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