Documentos para SERVIDORES PÚBLICOS :: Compensatorios
Año   Documento   Restrictor  
1998   Decreto 2647 de 1998 Nivel Nacional  

Se reconocerá y pagara en dinero los días compensatorios, en forma proporcional en favor de cada empleado hasta el 30 de Diciembre de 1998, art. 1
 

 
2000   Decreto 2777 de 2000 Nivel Nacional  

Se reconocerá y pagara en dinero los días compensatorios en forma proporcional en favor de cada empleado Publico, art. 1.
 

 
2001   Decreto 2784 de 2001 Nivel Nacional  

Se reconocerá y pagara en dinero los días compensatorios en forma proporcional en favor de cada empleado Publico, art. 1.
 

 
2005   Decreto 3546 de 2005 Nivel Nacional  

Establece el reconocimiento y pago en dinero de los días compensatorios que se hubieren causado hasta la fecha de publicación del presente decreto, en forma proporcional a lo que se ha causado a favor de cada empleado público, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia, señalando la prelación para el reconocimiento y pago a los funcionarios que vayan a destinar dichos valores para la adquisición o mejoramiento de vivienda propia, o para la amortización o cancelación del crédito hipotecario.
 

 
2006   Decreto 4477 de 2006 Nivel Nacional  

Determina que se podrán reconocer y pagar en dinero los días compensatorios que se hubieren causado hasta el 15 de diciembre de 2006, de cada empleado público, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar, en el resto de la presente vigencia.
 

 
2009   Concepto 331 de 2009 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd  

Jornada laboral de empleados de medio tiempo¿ ¿(¿) en el artículo 5º del Decreto 1227 de 2005, los empleos de medio tiempo, corresponden a aquellos que tienen una jornada equivalente a la mitad de la jornada laboral semanal, revista en el artículo 33 del decreto Ley 1042 de 1978, es decir, que si la jornada ordinaria completa corresponde a cuarenta y cuatro (44) horas semanales, en el caso de presentarse el servicio por medio tiempo, la jornada laboral será de veintidós (22) horas semanales.¿, ¿(¿) en el artículo 5º del Acuerdo 14 de 1999, el reconocimiento de compensatorios, sólo procede para aquellos funcionarios que se encuentran en los niveles técnico, administrativo y auxiliar (los dos últimos, unificados en el nivel asistencial por disposición del decreto 785 de 2005) (¿)¿ ¿La administración no puede compensar el tiempo adicional laborado por el funcionario, como quiera que se trata de un cargo ubidaco en el nivel profesional.¿
 

 
2009   Concepto 22610 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda  

Se resuelve la consulta sobre el pago de compensatorios a un funcionario del Concejo de Bogotá, causados en el 2008. ¿(¿) de conformidad con la Circular 10 de 2009 emitida por el Director Distrital de Presupuesto la aplicación del artículo 49 del Decreto 466 de 2008 solo puede darse una vez la entidad, para este caso el Concejo de Bogotá, D.C., frente al pago de compensatorios, haya agotado los diferentes mecanismos que permitan en primera instancia optar por el disfrute del descanso o compensación del tiempo de trabajo suplementario realizado por el funcionario ¿ causado desde el 1º de enero al 31 de diciembre de 2008, que de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente tiene derecho a este reconocimiento¿.
 

 
2009   Decreto 4790 de 2009 Nivel Nacional  

Autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios, que se hubieren causado hasta la fecha de publicación del presente decreto, a favor de cada empleado público, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia.
 

 
2011   Decreto 4792 de 2011 Nivel Nacional  

Decreta el reconocimiento y pago en dinero de los días compensatorios que se hubieren causado hasta la fecha de publicación del presente decreto, a favor de cada empleado público, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia.
 

 
2012   Decreto 2730 de 2012 Nivel Nacional  

Autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios, por el cual se podrán reconocer y pagar en dinero los días compensatorios que se hubieren causado hasta la fecha de publicación del presente decreto, a favor de cada empleado público, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia.
 

 
2014   Decreto 2716 de 2014 Nivel Nacional  

Reconoce pagar en dinero los días compensatorios que se hubieren causado hasta la fecha de publicación del presente decreto, a favor de cada empleado público, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia.
 

 
2020   Decreto 1689 de 2020 Nivel Nacional  

Autoriza el reconocimiento en dinero de días compensatorios a favor de cada empleado público para la presente vigencia fiscal.
 

 
2021   Decreto 1175 de 2021 Nivel Nacional  

Establece que cuando a 31 de agosto de cada año el servidor público no haya trabajado el año de causación completo, tendrá derecho al pago proporcional de la misma, liquidada sobre el valor de la asignación básica mensual devengada. También se tendrá derecho al reconocimiento y pago en forma proporcional de esta bonificación especial de compensación cuando el empleado se retire del servicio.
 

 

Total: 13 documentos encontrados para SERVIDORES PÚBLICOS :: Compensatorios