Documentos para SERVIDORES PÚBLICOS :: Comisión de Servicios
Año   Documento   Restrictor  
2007   Radicación 1848 de 2007 Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil  

A un empleado de carrera con evaluación de desempeño sobresaliente o satisfactoria se le puede otorgar comisión hasta por tres años, continuos o discontinuos prorrogables hasta por un término igual, para desempeñar cargos de libre nombramiento y remoción, en cuyo caso se asume este último cargo. (&) Efectivamente, dado que el vínculo laboral se mantiene vigente en la situación administrativa denominada comisión de servicios, es viable acumular el tiempo de acuerdo con las normas generales sobre el derecho a las vacaciones. (&) La entidad en la que se preste el servicio, sea por nombramiento o en comisión, es la competente para conceder y pagar las vacaciones, según las reglas generales, respetando las normas sobre acumulación de vacaciones para evitar su prescripción.
 

 
2012   Concepto 5433 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Dirección Jurídica Distrital  

Consulta sobre la participación de funcionarios en eventos internacionales, con el fin de capacitar a funcionarios del sector público en diferentes temas, cuya actividad requiere de una inscripción pecuniaria, más gastos de hospedaje y transporte, y si es viable la utilización recursos públicos para financiar los gastos derivados de la participación en dichas capacitaciones. (¿) ¿comisión de servicios es una situación administrativa en la que se encuentra el/la servidor/a público/a, cuando por disposición de la autoridad competente ejerce temporalmente las funciones propias de su cargo en lugares diferentes a la sede habitual de su trabajo o atiende transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al empleo del que es titular¿ (¿) ¿La comisión de servicios al exterior puede otorgarse para: Cumplir las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, Cumplir misiones especiales conferidas por el superior, Realizar estudios de capacitación, Asistir a reuniones, conferencias y seminarios, Realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presten sus servicios, Ejercer las funciones de un empleo de libre nombramiento y remoción cuando la comisión recaiga en un funcionario escalafonado en carrera, Ejercer funciones propias de la administración pública, Para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, de organismos internacionales o de instituciones privadas¿. (¿)¿ los planes de capacitación de las entidades públicas deben responder a estudios técnicos que identifiquen necesidades y requerimientos de las áreas de trabajo y de los empleados, para desarrollar los planes anuales institucionales y las competencias laborales, y que los recursos con que cuente la administración para capacitación deberán atender las necesidades establecidas en los planes institucionales de capacitación¿. (¿) ¿si la entidad u organismo distrital interesado en participar en eventos tales como reuniones, conferencias y seminarios que interesen a la Administración, tiene incluido dentro de su presupuesto los recursos para atender dicha programas, es viable utilizar tales recursos para sufragar los costos que genera el pago de la inscripción en el evento de capacitación, pero siempre que ésta obedezca o responda a las necesidades de la Administración, esté relacionada con el ramo en el que presta sus servicios el/la comisionado/a, y se ajuste al plan de capacitación institucional correspondiente¿.
 

 
2012   Fallo 936 de 2012 Consejo de Estado  

¿Las comisiones pueden ser: a) De servicio: para ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, hace parte de los deberes de todo empleado y puede dar lugar al pago de viaticaos conforme a las disposiciones legales. B) Para adelantar estudios. C) Para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción. D) Para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, de organismos internacionales o de instituciones privadas. La comisión podrá tener una duración de hasta por treinta (30) días, prorrogables por una sola vez hasta por un término igual, excepto en aquellos cargos que tengan funciones específicas de inspección y vigilancia (Art. 80 Decreto 1950 de 1973).¿
 

 
2013   Concepto 013374 de 2013 Departamento Administrativo de la Función Pública - Dafp  

¿Se considera que se encuentra en comisión de servicios el empleado que ejerce temporalmente las funciones propias de su cargo en lugares diferentes a la sede habitual de su trabajo, por consiguiente, la administración deberá reconocerle los viáticos y gastos de transporte para que ejerza dichas funciones sin perjuicio del reconocimiento de las horas extras, dominicales y festivos a que haya lugar, cuando se exceda la jornada máxima, observando en todo caso lo dispuesto en los artículos 36 a 40 del Decreto 1042 de 1978¿.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015 Nivel Nacional  

El empleado se encuentra en comisión cuando, por disposición de autoridad competente, ejerce temporalmente las funciones propias de su cargo en lugares diferentes a la sede habitual de su trabajo o atiende transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al empleo de que es titular. (Artículos 2.2.5.10.17 y 2,2,5,10,18 numeral a.).
 

 

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