Documentos para SERVIDORES PÚBLICOS :: Hoja de Vida
Año   Documento   Restrictor  
1995   Decreto 1945 de 1995 Nivel Nacional  

Decreto Nacional 1945 de 1995 Se reglamenta el régimen de los servidores públicos en lo relativo al reclutamiento, posesión, retiro de hojas de vida, contenido en la Ley 190 de 1995
 

 
1995   Decreto 2272 de 1995 Nivel Nacional  

Decreto Nacional 2272 de 1995 Se adiciona el Decreto Nacional 1945 de 1995
 

 
1997   Sentencia 326 de 1997 Corte Constitucional de Colombia  

La imposición del diligenciamiento del formato único de hoja de vida y su registro en el Sistema Único de Información de Personal, tanto a los servidores del Estado como a quienes celebren o aspiren celebrar contratos de prestación de servicios con el mismo, no contradice la Constitución. La información de carácter académico y laboral no está sustraída al conocimiento público, así su consignación en un sistema de información público no amenaza el derecho a la intimidad, menos aún cuando ella ha sido voluntariamente suministrada por quien expresamente ha manifestado su interés de ofrecer sus servicios a la administración, que es lo que hace quien diligencia el formato señalado.
 

 
2005   Circular 33 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Imparte instrucciones a las entidades y organismos distritales, sobre la reserva de información de las hojas de vida de los servidores públicos. Señala que la información que se encuentra consagrada en las mismas, contempla aspectos susceptibles de no ser divulgados, tales como la residencia, la familia, el número telefónico, la remuneración, la declaración juramentada de bienes y rentas, que no son indispensables para el debido ejercicio del control político o ciudadano, debiendo por tanto garantizarse la reserva de información, las cuales contienen elementos que entran dentro de la órbita de la intimidad personal y por lo tanto estos documentos no deben ser de público conocimiento y en caso de hacer pública esta información, debe mediar autorización previa del servidor público. Dispone que se exceptúan los documentos necesarios para investigaciones solicitadas por autoridad competente y bajo la reserva de cada uno de los procesos.
 

 
2007   Concepto 1626 de 2007 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd  

No existe norma expresa reglamentaria de los documentos que se deben incorporar en las historias laborales (hojas de vida) de los funcionarios. No obstante lo anterior con base en el pronunciamiento de la Corte Constitucional arriba referido, podemos concluir que todos los documentos que registren la historia laboral del funcionario público deben aparecer en su hoja de vida u hoja de servicios. Dicho de otra forma, todos aquellos documentos que permitan verificar tiempos y calidad del desempeño en los cargos públicos, deben hacer parte de la hoja de vida del funcionario público; tanto así, que el pronunciamiento de marras, consagra la obligatoriedad de registrar en la hoja de vida aún aquellos aspectos que disciplinariamente no convengan a los intereses del funcionario pues, " (...) corresponden a situaciones jurídicas que tuvieron como causa conductas consideradas por el legislador como reprochables y merecedoras de sanción, por lo tanto, no pueden desaparecer, si son ciertas y verídicas, ya que, entre otras cosas, por efectos de la ley, deben figurar en los archivos de la Procuraduría General de la Nación; (...)". En conclusión, la Oficina de Personal o quien haga sus veces en cada entidad, deberá, atenerse para el efecto al hecho de que la información que obre, en la hoja de vida, en todo caso, sea verídica.
 

 
2011   Proyecto de Acuerdo 156 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.  

Las hojas de vida actualizadas de los servidores públicos del Distrito Capital serán publicadas de manera permanente a través de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones disponibles, previa autorización del datahabiente. Se omitirá cualquier información que afecte la privacidad y el buen nombre de los servidores públicos, en los términos definidos por la Constitución y la ley.
 

 
2014   Circular 10 de 2014 Veeduría Distrital  

Se dirige a Secretarios, Directores y Gerentes de Entidades, Órganos y Organismos Distritales; Alcaldes Locales; Jefes de Oficinas Jurídicas, de Contratación y de Control Interno de las mismas, informando que realizará evaluaciones aleatorias a las entidades y procesos contractuales, con el objeto de verificar el cumplimiento de la legalidad objetiva de la presentación del Formato Único de Hoja de Vida para servidores y contratistas de prestación de servicios.
 

 
2017   Circular Externa 020 de 2017 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd  

Registro de Hoja de Vida en el Sistema de Información Distrital de Empleo y Administración Pública - SIDEAP, obligaciones de las Entidades Distritales respecto al reporte de información y certificación mensual de la información.
 

 

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