Documentos para SERVIDORES PUBLICOS DISTRITALES :: Comisiones al Interior y al Exterior del País
Año   Documento   Restrictor  
2004   Circular 23 de 2004 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Imparte instrucciones para la administración de personal, en lo referente a las comisiones al exterior, de los servidores públicos del Distrito Capital.
 

 
2004   Decreto 101 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna funciones en materia de administración de personal a los organismos del sector central de la Administración. Asigna a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor la función de conceder Comisiones al Exterior de los servidores de la Administración Central, a excepción del Gabinete Distrital
 

 
2005   Concepto 3269 de 2005 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd  

Los funcionarios nombrados provisionalmente, dada la temporalidad de su vinculación, solo se beneficiarán de los programas de inducción y de la modalidad de entrenamiento en el puesto de trabajo. El fin de la capacitación, es el de adquirir y dejar instaladas capacidades que la entidad requiera más allá del mediano plazo, por lo que debería darse prelación a los empleados de carrera administrativa. El Decreto 1050 de 1997, el cual regula lo concerniente a las Comisiones de Estudios en el Exterior, establece como condición para concederla, el que el servidor público tenga por lo menos 1 año continuo de servicio en la respectiva entidad. Teniendo en cuenta la precariedad de la vinculación de los funcionarios nombrados mediante nombramientos provisionales, los cuales de acuerdo a lo previsto en el artículo 8º del Decreto 1227 de 2005, no pueden superar los 6 meses, no es posible otorgarles una Comisión de Estudios al Exterior. Además, dada la temporalidad de la vinculación del funcionario en provisionalidad, éste no podría cumplir con una de las obligaciones que surgiría del convenio que deben suscribir los funcionarios a quienes se le otorga una comisión de estudios al exterior, la cual sería prestar sus servicios a la entidad por el doble del tiempo de duración de la comisión.
 

 
2006   Concepto 22 de 2006 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

La comisión de estudios podrán ser otorgadas a todos los empleados públicos vinculados a la Administración Distrital, para realizar estudios dentro o fuera del país y el objeto de las mismas deberán guardar relación con los fines de la entidad o con las funciones inherentes al cargo que desempeña el servidor público. No obstante lo anterior, los funcionarios inscritos en la carrera administrativa, en igualdad de condiciones con los demás empleados, tienen prelación para la Comisión de Estudios. La funcionaria ..., como empleada vinculada con nombramiento provisional puede, a través de una comisión, realizar estudios dentro o fuera del país, pero el objeto de la misma debe guardar relación con los fines de la entidad o con las funciones inherentes al cargo que desempeña la servidora pública. Finalmente, debe advertirse que el término de la comisión (un mes) no riñe con el carácter provisional de la vinculación de la servidora pública en comento. En efecto, no se está hablando de un ciclo de formación prolongado en el tiempo, esto es, postgrados o maestrías, que supere el término de vinculación del servidor provisional, es decir, 6 meses de acuerdo con la Ley 909 de 2004 y su Decreto Reglamentario 1227 de 2005.
 

 
2009   Circular 19 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Imparte algunas instrucciones para el trámite oportuno y en debida forma, de los actos administrativos remitidos por cada una de las entidades, órganos y organismos distritales, mediante los cuales el Alcalde Mayor y el Secretario General de la Alcaldía Mayor confieren comisiones al exterior y al interior del país. Indica que adicionalmente los Secretarios de Despacho, Gerentes y Directores de las entidades y organismos distritales deberán verificar que las solicitudes de comisiones de servicios y de estudios al exterior reúnan las condiciones establecidas en la normatividad vigente, las cuales deben limitarse a lo realmente urgente, indispensable y conveniente para el Distrito Capital, situación que debe estar plenamente justificada.
 

 
2009   Decreto 216 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Confiere comisión de servicios a partir de las 6:15 p.m. del día 5 de junio y hasta el 7 de junio de 2009, al Alcalde Mayor de Bogotá D.C., para desplazarse a la Ciudad de México y a la ciudad de Cancún (México), para asistir a la "Reunión Informativa sobre la influenza A H1N1 y las Medidas Adoptadas", en el marco de la Cumbre de Alcaldes de la Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanas, así como un almuerzo de alcaldes iberoamericanos. Encarga de las funciones de Alcalde Mayor de Bogotá D.C., al actual Secretario Salud, mientras dura la comisión del titular.
 

 
2010   Decreto 69 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Confiere comisión de servicios al Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Dr. Yuri Chillán Reyes, presidente y miembro de la Junta Directiva de la Empresa de Energía de Bogotá S.A., respectivamente, quien fue invitado al acto protocolario de suscripción del contrato de autorización de ejecución de las obras de transmisión de los lotes adjudicados como resultado de la convocatoria Licitación PET-1-2009 Guatemala, celebrado el día 22 de febrero de 2010 en la ciudad de Guatemala. Encarga durante los días 20 al 22 de 2010 de las funciones de Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la Dra. MARTHA YANETH VELEÑO QUINTERO Directora Jurídica Distrital.
 

 
2010   Decreto 70 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Confiere comisión de servicios al Alcalde Mayor Samuel Moreno Rojas para que asista al acto protocolario de suscripción del contrato de autorización de ejecución de las obras de transmisión de los lotes adjudicados como resultado de la convocatoria Licitación PET-1-2009 Guatemala, celebrado el día 22 de febrero de 2010 en la ciudad de Guatemala. Adicionalmente el señor Alcalde, sostendrá reuniones con el señor Presidente de la República de Guatemala Álvaro Colom Caballeros y con su homólogo de la Ciudad de Guatemala, Álvaro Arzú. Encarga durante los días 20 al 22 de 2010 de las funciones de Alcalde Mayor, a la Secretaria Distrital de Planeación Dra. MARÍA CAMILA URIBE SÁNCHEZ.
 

 
2010   Decreto 186 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Concede comisión de servicios al exterior al Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, del 23 al 29 mayo de 2010, para que asista a la tercera Reunión Anual de la Mesa Redonda de Alcaldes y Ministros de la OCDE, que abordará el tema de las: "Ciudades y el crecimiento verde" y al Foro Anual de la OCDE Camino a la Recuperación: Innovación, puestos de trabajo y crecimiento verde, que se llevarán a cabo en la ciudad de París, Francia. Encarga de las funciones de Secretario General, a la doctora Dolly Arias Casas, Directora de Gestión Corporativa.
 

 
2010   Decreto 242 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Concede comisión de servicios del 30 de junio al 2 de julio de 2010, al doctor Yuri Chillán Reyes, para que viaje a la ciudad de Cartagena de Indias. Encarga de las funciones de Secretario a la doctora Beatriz Helena Hincapié Molina, Subsecretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, mientras dura la comisión del titular.
 

 
2010   Decreto 246 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Concede comisión de servicios a partir de las 12:00 m y hasta las 10:00 p.m. del día 1 de julio de 2010, al doctor Samuel Moreno Rojas, para que viaje a la ciudad de Cartagena de Indias. Encarga de las funciones de Alcalde Mayor de Bogotá, a la doctora Carolina Valencia Márquez, actual Secretaria Privada, mientras dura la comisión del titular.
 

 
2010   Decreto 347 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Concede comisión de servicios del 20 al 22 de agosto de 2010, al doctor Samuel Moreno Rojas, Alcalde Mayor de Bogotá D.C., para asistir al concierto de la Orquesta Filarmónica de Bogotá y a la ceremonia de entrega de llaves de la ciudad y declaratoria de Huésped Ilustre, que se llevarán a cabo en la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos. Encarga de las funciones de Alcalde Mayor de Bogotá, al doctor Andrés Restrepo Restrepo, Secretario de Despacho (E) de la Secretaría Distrital de Gobierno, mientras dura la comisión del titular.
 

 
2010   Decreto 451 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Concede comisión de servicios del 19 al 23 de octubre de 2010, al doctor Yuri Chillán Reyes, para viajar a la ciudad de Sitges, Barcelona, España. Encarga de las funciones de Secretario de Despacho a la doctora Beatriz Helena Hincapié Molina, Subsecretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, del 19 al 24 de octubre de 2010.
 

 
2011   Decreto 276 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Concede comisión de servicios por el día 28 de junio de 2011, (sic) partir de las 3:00 p.m., a la doctora CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN, identificada con la cédula de ciudadanía No. 41.481.787, Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., (D), para viajar a la ciudad de Cartagena, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa del presente Decreto.
 

 
2012   Concepto 5433 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Dirección Jurídica Distrital  

Consulta sobre la participación de funcionarios en eventos internacionales, con el fin de capacitar a funcionarios del sector público en diferentes temas, cuya actividad requiere de una inscripción pecuniaria, más gastos de hospedaje y transporte, y si es viable la utilización recursos públicos para financiar los gastos derivados de la participación en dichas capacitaciones. (¿) ¿comisión de servicios es una situación administrativa en la que se encuentra el/la servidor/a público/a, cuando por disposición de la autoridad competente ejerce temporalmente las funciones propias de su cargo en lugares diferentes a la sede habitual de su trabajo o atiende transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al empleo del que es titular¿ (¿) ¿La comisión de servicios al exterior puede otorgarse para: Cumplir las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, Cumplir misiones especiales conferidas por el superior, Realizar estudios de capacitación, Asistir a reuniones, conferencias y seminarios, Realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presten sus servicios, Ejercer las funciones de un empleo de libre nombramiento y remoción cuando la comisión recaiga en un funcionario escalafonado en carrera, Ejercer funciones propias de la administración pública, Para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, de organismos internacionales o de instituciones privadas¿. (¿)¿ los planes de capacitación de las entidades públicas deben responder a estudios técnicos que identifiquen necesidades y requerimientos de las áreas de trabajo y de los empleados, para desarrollar los planes anuales institucionales y las competencias laborales, y que los recursos con que cuente la administración para capacitación deberán atender las necesidades establecidas en los planes institucionales de capacitación¿. (¿) ¿si la entidad u organismo distrital interesado en participar en eventos tales como reuniones, conferencias y seminarios que interesen a la Administración, tiene incluido dentro de su presupuesto los recursos para atender dicha programas, es viable utilizar tales recursos para sufragar los costos que genera el pago de la inscripción en el evento de capacitación, pero siempre que ésta obedezca o responda a las necesidades de la Administración, esté relacionada con el ramo en el que presta sus servicios el/la comisionado/a, y se ajuste al plan de capacitación institucional correspondiente¿.
 

 
2012   Decreto 310 de 2012 Nivel Nacional  

Delega en los Ministros del Despacho y Directores de Departamento Administrativo la función de autorizar a los servidores públicos para que acepten cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales y para celebrar contratos con ellos, delega en los mismos funcionarios la función de conceder permiso a los empleados públicos nacionales que lo soliciten, para aceptar, con carácter temporal, cargos o mercedes de gobiernos extranjeros, permaneciendo en el Presidente de la Republica la función de autorizar al Vicepresidente de la República, a los funcionarios y empleados de la Rama Legislativa y la Rama Judicial incluidos los Magistrados de las Altas Cortes, Ministros del Despacho, Directores de Departamento Administrativo, Viceministros del Despacho, Superintendentes, Directores, Gerentes y Presidentes de entidades centralizadas y descentralizadas de la rama ejecutiva del nivel nacional, Gobernadores, Alcaldes Distritales y los Alcaldes de las ciudades de Medellín y Santiago de Cali para que acepten cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales y para celebrar contratos con ellos; así como para que acepten con carácter temporal, cargos o mercedes de gobiernos extranjeros.
 

 
2014   Circular 105 de 2014 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reiteración de las circulares 19 de 2009 y 77 de 2013 de la Secretaría General respecto del trámite de novedades de personal, actos administrativos para firma del Alcalde/sa Mayor de Bogotá, D.C., y/o Secretario/a General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
 

 
2014   Circular 154 de 2014 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Con el fin de dar cumplimiento a la normatividad vigente relacionada con las comisiones de servicios de los servidores públicos para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales o entidades particulares que les sufragan todos o algunos de los gastos u ofrecen beneficios, y en virtud de la delegación establecida en el Decreto 310 de 2012, el Ministerio del Interior expidió la Circular del asunto, en la cual estableció las directrices que se deben observar para la respectiva autorización así: "La solicitud de autorización debe ser dirigida al Ministro del Interior con los siguiente requisitos: 1. Remitir con quince (15) días de antelación a la fecha de iniciación de la comisión, por parte de la entidad, la documentación que soporta la solicitud de autorización; caso contrario será devuelta por extemporánea y sin trámite, de acuerdo con el artículo 1° Decreto 2197 de 1996. 2. Traducir al español cuando la invitación esté redactada en otro idioma y adjuntarla, señalando: nombre del evento, fechas específicas, lugar y una relación de los gastos que van a ser sufragados. 3. Adjuntar el documento que certifique la naturaleza jurídica del invitante, y si es una entidad privada, se deberá hacer la manifestación contenida en el artículo 2 del Decreto 2197 de 1996, que establece: "Para garantizar la transparencia en la gestión pública y en concordancia con lo dispuesto por el artículo 41 numeral primero de la Ley 200 de 1995, "no podrá conferirse comisiones al interior ni al exterior cuyos gastos sean sufragados por particulares que tengan interés directo o indirecto en la gestión". Es decir, la entidad deberá certificar que el particular invitante no tiene interés directo o indirecto en el desarrollo de su gestión. 4. Indicar las funciones que desempeña el servidor público invitado, la relación de las mismas con el evento al que asiste y la justificación del mejoramiento de las funciones que ejerce al asistir al certamen. 5. La petición debe ser suscrita por el representante legal, jefe de la dependencia de personal o talento humano o el funcionario autorizado para ello. 6. Los Gobernadores, cuando deban atender misiones oficiales, adicionalmente deberán anexar la solicitud de permiso para salir del país, conforme lo dispone el artículo 93 del Decreto 1222 de 1986".
 

 
2015   Circular 46 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Para efecto de mejorar el trámite de los actos administrativos relacionados con las comisiones de servicio o de estudio para consideración del señor Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., tanto al interior como al exterior del país, es necesario que en adelante previamente se informe y se obtenga la aquiescencia de dicho Despacho, hecho que debe plasmarse en el oficio de solicitud de comisión que se radique en esta Secretaría.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015 Nivel Nacional  

Las comisiones en el interior del país se confieren por jefe del organismo administrativo, o por quien haya recibido delegación para ello. (Artículo 2.2.5.10.20).
 

 
2016   Circular 084 de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establecen los requisitos para el trámite de comisiones de servicios y estudios en el Distrito Capital, la cual deberá ser firmada por el Secretario, Gerente o Director de la entidad respectiva que por competencia debe conocer el Alcalde Mayor o el Secretario General. Igualmente establece el trámite de cada una de las comisiones y los modelos de los proyectos de actos administrativos.
 

 
2017   Circular 003 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se restringen las solicitudes de comisión al exterior del país, fundamentado en la necesidad de priorizar el cumplimiento de metas y objetivos de gobierno. Determina que las solicitudes que se presenten a partir de la fecha, deberán dirigirse exclusivamente al Secretario General para que sean analizadas y solamente se autorizaran las que estrictamente se requieran para el cumplimiento de metas u objetivos que deban ejecutarse durante el presente año o, aquellas que por algún motivo tienen excepcional importancia.
 

 
2017   Decreto 400 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Concede una comisión de servicios al exterior al Secretario Distrital de Salud y se hace un encargo.
 

 

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