Documentos para SERVIDORES PUBLICOS DISTRITALES :: Planes de Retiro Voluntarios
Año   Documento   Restrictor  
2008   Concepto 113 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

¿ en el acto de creación de la Caja de Vivienda Popular no se definió su naturaleza jurídica, situación que generó incertidumbre sobre la calidad de sus trabajadores, existen tres grupos de servidores públicos: Un primer grupo compuesto por empleados públicos, cuya naturaleza ya se definió claramente por fallos judiciales tanto en la jurisdicción contenciosa como en la ordinaria, los cuales corresponden a un establecimiento público del orden Distrital. Un segundo grupo al que por tutela y de manera transitoria se le aplica la Convención Colectiva, aún cuando su situación no se ha definido judicialmente porque no se han proferido los fallos respectivos en la justicia ordinaria. Un tercer grupo compuesto por trabajadores oficiales que fueron retirados del servicio y que por sentencia judicial fue ordenado su reintegro¿ el literal d) del artículo 47 del Decreto Nº 2127 de 1945,¿ regula la posibilidad de terminar un contrato de trabajo por mutuo acuerdo. Igualmente, es jurídicamente viable que medie un reconocimiento económico, es decir que se adopte un plan de retiro compensado¿ el plan de retiro voluntario con beneficios únicamente se aplicaría a los funcionarios cuyos fallos judiciales en firme les otorgaron la calidad de trabajadores oficiales. Si hay servidores que fueron reintegrados como trabajadores oficiales y que en alguna oportunidad ostentaron la calidad de empleados públicos, inscritos y con derechos de carrera administrativa, se estima necesario que previamente a otorgar la opción de retiro, se establezca y/o tramite ante la CNSC, la cancelación de su inscripción en el registro de carrera administrativa, habida cuenta que la justicia le otorgó la calidad de trabajador oficial y por ende no puede ostentar derechos de carrera administrativa y demás prerrogativas derivadas de la misma¿ Las personas que tengan requisitos de pensión o les falte un período muy corto para reunir los requisitos de consolidación de la referida prestación y aquellos que tengan protección laboral reforzada., esto es fuero sindical o de maternidad, presentan limitaciones a la aplicación del plan de retiro voluntario.
 

 

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