Documentos para ANTEJARDINES :: Normas Aplicables
Año   Documento   Restrictor  
1980   Acuerdo 2 de 1980 Concejo de Bogotá, D.C.  

Artículo 4 Acuerdo 2 de 1980 Concejo Distrito Capital Plan Vial
 

 
1987   Decreto 1025 de 1987 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Artículo 9 Decreto 1025 de 1987 Se dictan normas
 

 
1990   Acuerdo 6 de 1990 Concejo de Bogotá, D.C.  

Artículo 452 Acuerdo 6 de 1990 Concejo Distrito Capital Determinación de las características de los antejardines
 

 
1998   Concepto 825 de 1998 Departamento Administrativo de Planeación Distrital  

La exigencia de antejardines, así como su magnitud, utilización, características arquitectónicas y su relación con los elementos del espacio público, se establecerán en los decretos de asignación de tratamiento, de acuerdo con las características del sector que genera el antejardín o retroceso y la altura y destinación de la edificación. En cumplimiento de lo ordenado en el Acuerdo 6 de 1990, se expidieron diferentes decretos de asignación de tratamiento y en cada uno de ellos, siguiendo las pautas dadas en el mencionado Acuerdo se establecieron reglas claras, específicas y precisas para la determinación y dimensionamiento de los antejardines.
 

 
1999   Decreto 290 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 290 de 1999 Intervención de las autoridades en las zonas de antejardines con elementos integrantes del espacio público
 

 
2004   Decreto 190 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Señala las normas aplicables a los antejardines, indicando que en los mismos no se permite el estacionamiento de vehículos; los ubicados en áreas residenciales deberán ser empradizados y arborizados, exceptuando las zonas para ingreso peatonal y vehicular; ellos no se pueden cubrir ni construir y no se permiten escaleras ni rampas. Establece las condiciones de uso temporal del antejardín en zonas con uso comercial y de servicios, y dispone que en ningún caso el uso temporal del antejardín podrá interferir la circulación peatonal sobre el andén. Igualmente determina que no se permite el cerramiento de antejardines en zonas con uso comercial y de servicios, y que en áreas residenciales se permitirá el cerramiento, cuando así lo establezca la respectiva ficha normativa y se cumpla como mínimo con las condiciones del 90% de transparencia, 1.60 metros de altura máxima, y la aprobación es exclusiva de las Curadurías Urbanas. Fija las condiciones para el cerramiento del antejardín en predios institucionales y en los bienes de interés cultural. Art. 270.
 

 
2014   Concepto 8223 de 2014 Secretaría Distrital de Planeación  

Emite concepto referente a los usos que tendrán las áreas de antejardín para el parqueo de vehículos, con ocasión de una solicitud realizada por la comunidad del edificio Chicó Norte. Sobre el particular concluye: (...) De las disposiciones precedentes se colige con claridad que los antejardines constituyen áreas de propiedad privada, que hacen parte del espacio público de la ciudad. Dichas zonas prestan una función paisajística y ambiental; por lo tanto, no pueden ser construidas, ni ocupadas, ni variarse su destinación. (&) En consecuencia, a la luz de las disposiciones precedentes y de la Sentencia del Consejo de Estado de fecha 13 de mayo de 2004, se concluye que los estacionamientos en antejardines que fueron autorizados a través de licencias de construcción, antes de la entrada en vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial, perdieron su vigencia, pues desaparecieron los fundamentos de derecho sobre los cuales fueron expedidas las mencionadas licencias. (&) De la lectura, de la sentencia antes transcrita se infiere que las licencias urbanísticas son actos administrativos provisionales de carácter policivo, subordinados al interés público con el cual se encuentran revestidas las normas de ordenamiento territorial; motivo por el cual, y siguiendo los lineamientos jurisprudenciales tales licencias no generan derechos adquiridos.
 

 
2015   Decreto 162 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Autoriza a las entidades administradoras o gestoras del espacio público descritas en los artículos 9 y 11 del Decreto Distrital 456 de 2013 y las normas que lo modifiquen o sustituyan, y aquellas que por su misión tengan competencias en estos asuntos, intervenir aún sin la anuencia del propietario o poseedor, siguiendo los procedimientos legales para el efecto, las cubiertas, fachadas, paramentos, pórticos, antejardines, cerramientos y demás elementos constitutivos artificiales o construidos del espacio público en la ciudad de Bogotá D.C.
 

 
2016   Concepto 139581 de 2016 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep  

Emite concepto jurídico respecto a las normas que regulan el espacio público, los andenes, los antejardines, entre otras.
 

 
2019   Decreto 200 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Relaciona las normas generales para el uso temporal de los antejardines en zonas con usos comerciales y de servicios
 

 
2019   Decreto 823 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece la exigencia de antejardines según la dimensión del frente sobre las vías de la malla vial local e intermedia sobre el corredor de la Primera Línea de Metro de Bogotá.
 

 
2023   Decreto 506 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta el Decreto Distrital 555 de 2021 en lo relacionado con la compensación en dinero por concepto de espacio público y equipamientos, en las solicitudes de reconocimiento de edificaciones y licencias de construcción en la modalidad de ampliación, así como el pago compensatorio en dinero por la regularización de la ocupación de antejardines. A su vez, teniendo en cuenta que los pagos compensatorios en dinero antes mencionados constituyen fuentes de financiación del Plan de Ordenamiento Territorial, fija las condiciones aplicables para su liquidación, pago, recaudo, administración, gestión y destinación de recursos. Adicionalmente regula el pago compensatorio en dinero de la obligación urbanística en materia de redes e infraestructura del sistema pluvial, acueducto y alcantarillado sanitario respecto de las solicitudes de licencias de construcción en la modalidad de ampliación.
 

 
2023   Resolución 1631 de 2023 Secretaría Distrital de Planeación  

Establece que, con objeto de lograr mayor certeza, eficacia y celeridad en la aplicación de las normas urbanísticas relacionadas con el uso del suelo, la Dirección de Cartografía de la Secretaría de Planeación, actualiza el mapa CU-5.5 Dimensionamiento de Antejardines, con el fin de consignar allí las dimensiones de antejardines faltantes en el mapa respectivo del POT, con lo cual se busca garantizar el ejercicio efectivo de la norma por parte de sus operadores y de la ciudadanía en general.
 

 

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