Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1997 |
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Decreto 1470 de 1997 Nivel Nacional
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Se reglamenta art. 100 del Decreto 2535 de 1993; El comando general de las fuerzas militares, podrá autorizar a la industria militar, la destrucción de las armas recogidas como resultado de campañas cívicas y educativas de desarme y destinar el material resultante a la construcción de monumentos, art.1. Vigencia, art.2. |
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2001 |
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Decreto 626 de 2001 Nivel Nacional
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Autoriza la venta o destrucción de armas y municiones que no sean susceptibles de utilización o reconvención por la Fuerza Pública. Indica el procedimiento a seguir en estos casos. Art. 1. Vigencia Art. 2. |
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2015 |
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Decreto 1019 de 2015 Nivel Nacional
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Se establecen las condiciones para implementar el "Acuerdo sobre Limpieza y Descontaminación del territorio de la presencia de Minas Antipersonal (MAP), Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) y Municiones sin Explotar (MUSE) o Restos Explosivos de Guerra (REG) en general", suscrito el 7 de marzo de 2015 por el Gobierno Nacional. El proyecto piloto de limpieza y descontaminación se llevará a cabo por el Gobierno Nacional con el apoyo, liderazgo y coordinación de la Ayuda Popular Noruega (APN), que deberá realizar el proceso de acreditación de conformidad con las disposiciones contenidas en el presente Decreto |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1070 de 2015 Nivel Nacional
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El Comando General de las Fuerzas Militares, previo concepto del Departamento Control, Comercio, Armas, Municiones y Explosivos, podrá autorizar a la Industria Militar Indumil, la destrucción de las armas recogidas como resultado de campañas cívicas y educativas de desarme y destinar el material resultante a la construcción de monumentos y obras alegóricas a la paz y al desarme, directamente o mediante convenios celebrados para tal fin. (Artículo 2.3.2.4.1). |
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2018 |
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Decreto 1243 de 2018 Nivel Nacional
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Fija responsabilidades en el procedimiento para la ubicación, recolección, verificación, registro, extracción, transporte, destrucción, inhabilitación y disposición final del armamento, municiones y explosivos que se encuentren en los depósitos (caletas) de las extintas FARC-EP, en desarrollo de lo pactado en el marco del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. |
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Destrucción
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