Documentos para SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. :: Representación Legal, Judicial y Extrajudicial
Año   Documento   Restrictor  
2007   Decreto 68 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., la representación legal en lo judicial y extrajudicial, de Bogotá, D.C., en los procesos judiciales o mecanismos alternativos de solución de conflictos en los cuales venía ejerciendo dicha representación la suprimida Secretaría de Tránsito y Transporte de Bogotá, D.C. o los que con posterioridad se notifiquen contra Bogotá D.C. y/o Secretaría de Tránsito y Transporte de Bogotá, conforme a las reglas indicadas en el art. 1 del presente Decreto, así como las previstas en el Decreto Distrital 203 de 2005 y las que se indican en este artículo. Art. 2.
 

 
2007   Decreto 193 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, la representación legal en lo judicial y extrajudicial, de Bogotá, Distrito Capital, para iniciar y/o atender los procesos judiciales o mecanismos alternativos de solución de conflictos en los asuntos inherentes o relativos a la Secretaría de Obras Públicas, antes de su transformación, o aquellos en los cuales ésta sea o haya sido vinculada. Dicha delegación se efectúa sin perjuicio de la representación legal, en lo judicial y extrajudicial, que compete al Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, respecto de los procesos instaurados o iniciados a favor o en contra de ésta, así como su obligación legal de dar cumplimiento a las sentencias judiciales, incluidas las de la Secretaría de Obras Públicas conforme lo prevé el artículo 5° del Decreto 068 de 2007.
 

 
2007   Decreto 581 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital. Efectúa delegaciones en el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. en materia de representación legal en lo judicial y extrajudicial de Bogotá, Distrito Capital. Así mismo le delega la función de ordenar a las entidades y organismos distritales correspondientes, dar cumplimiento a las sentencias judiciales, conciliaciones o laudos arbitrales en los eventos previstos en el art. 22 del presente decreto.
 

 
2011   Circular 112 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

El Secretario General ordena dar cumplimiento a la providencia de fecha 9 de septiembre de 2010, del Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Bogotá que ordena el embargo y retención de los créditos dentro del proceso ejecutivo de Seguros Generales Suramericana S.A., Obras y Diseños S.A., Constructora Inca Ltda, Victor Armando Cortés Torres y Consorcio Obras Educativas.
 

 
2011   Decreto 606 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Dicta disposiciones para el cumplimiento de las providencias judiciales y decisiones extrajudiciales a cargo de la Administración Distrital. Corresponde a los/las Jefes/as de los organismos y entidades públicas de los niveles central y descentralizado de la Administración Distrital, y de los órganos de control, proveer lo necesario para dar cumplimiento oportuno a las providencias judiciales y decisiones extrajudiciales, en las cuales fueren condenados/as ó se imponga alguna obligación, en relación con los actos, hechos, omisiones u operaciones que expidan, realicen o en que incurran o participen; para tal efecto, aquellos/as procederán a expedir el acto administrativo mediante el cual se adopten las medidas para su cumplimiento, evitando la generación y pago de intereses moratorios. Su cumplimiento se efectuará estrictamente en los términos contemplados en ellas, conforme a las normas del Código Contencioso Administrativo, el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, las reglamentaciones y disposiciones nacionales, así como las directrices que sobre la materia hubiere expedido o que profiera el Gobierno Distrital y la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. El acto administrativo de cumplimiento, se ordenará registrar en el módulo "Cumplimiento de Providencias Judiciales y Decisiones Extrajudiciales", del Sistema de Información de Procesos Judiciales ¿SIPROJ.
 

 
2011   Decreto 655 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en los Secretarios de Despacho, Directores de Departamento Administrativo y Gerente de la Unidad Administrativa Especial sin personería jurídica, la representación legal en lo judicial y extrajudicial de Bogotá, Distrito Capital, en relación con sus respectivos organismos, para todos aquellos procesos, diligencias y/o actuaciones, judiciales o administrativas, que se adelanten con ocasión de los actos, hechos, omisiones u operaciones que expidan, realicen o en que incurran o participen, o que se relacionen con asuntos inherentes a cada uno de ellos, conforme a su objeto y funciones, con las facultades, limitaciones y reglas previstas en el artículo 2º de este decreto.
 

 
2015   Decreto 445 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece asignaciones especiales al Secretario General y al Subdirector Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico de la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de los artículos 4 y 5 respectivamente.
 

 
2016   Decreto 359 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se modifica el artículo 1 del Decreto Distrital 424 de 2016 para determinar que a partir del 1 de octubre de 2016, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C; asumirá la representación judicial y extrajudicial de los asuntos en que la entidad actué como demandante o demandada, conforme a las competencias establecidas en el artículo 1 del Decreto Distrital 445 de 2015, o la norma que la modifique, adicione o sustituya.
 

 
2016   Decreto 424 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establece que a partir del 1 de noviembre de 2016, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., asumirá la representación judicial y extrajudicial de los asuntos en que la entidad actué como demandante o demandada, conforme a las competencias establecidas en el artículo 1 del Decreto Distrital 445 de 2015, o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Entre tanto, tales asuntos serán atendidos por la Secretaría Jurídica Distrital
 

 

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