Documentos para TRANSPORTE :: Autoridades Regionales de Transporte
Año   Documento   Restrictor  
2015   Ley 1753 de 2015 Congreso de la República de Colombia  

Adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país". El Gobierno Nacional, a solicitud de las entidades territoriales, podrá crear y fortalecer Autoridades Regionales de Transporte en las aglomeraciones urbanas o en aquellos municipios cuya movilidad urbana se desarrolle más allá de sus propios límites jurisdiccionales. La Autoridad será la encargada de regular el servicio de transporte público de pasajeros, otorgar permisos y habilitaciones, integrar operacional y tarifariamente los diferentes modos y modalidades, y garantizar la articulación de planes, programas y proyectos contenidos en los Planes Maestros de Movilidad. (Artículo 183).
 

 
2016   Circular 60 de 2016 Superintendencia de Transporte  

Señala las medidas de control para garantizar la prestación del servicio de transporte público, impartiendo instrucciones a las autoridades de tránsito local y regional para que: 1. Realicen los operativos de control para evitar el bloqueo de las vías de su jurisdicción. 2. Adopten las acciones necesarias para garantizar la seguridad y transitabilidad de las vías en su jurisdicción, de forma individual o conjunta con otras autoridades. 3. Garanticen la existencia de los recursos necesarios para la realización de los controles y el ejercicio de sus facultades (personal operativo de control, grúas, parqueaderos, entre otros). 4. Verifiquen que durante el ejercicio de los operativos de control, se impongan las órdenes de comparendo e informes de infracciones a las normas de transporte a que haya lugar. 5. Ordenen la inmovilización de los equipos de acuerdo con la normatividad vigente. 6. Adopten las medidas para que las empresas de servicio público de transporte intermunicipal, realicen los despachos autorizados y reciban el acompañamiento necesario para garantizar la seguridad de los usuarios, conductores y de los vehículos. 7. Ordenar a las autoridades de control operativo, que remitan de forma inmediata los informes por infracciones a las normas de transporte o los comparendos, a las autoridades competentes para el desarrollo de la investigación.
 

 
2020   Resolución 202030 de 2020 Ministerio de Transporte  

Adecua la reglamentación que adopta el formato de Informe Único de Infracciones al Transporte IUIT.
 

 

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