Año |
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Documento |
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Restrictor |
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2015 |
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Ley 1753 de 2015 Congreso de la República de Colombia
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Adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país". Se crea el Fondo Nacional para el Desarrollo de la Infraestructura (FONDES) cuyo objeto es la inversión y financiamiento de proyectos de infraestructura. (Artículo 144). |
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2016 |
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Decreto 857 de 2016 Nivel Nacional
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Adiciona la Parte 19 al Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con el Fondo Nacional para el Desarrollo de la Infraestructura (FONDES). |
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2019 |
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Ley 1955 de 2019 Congreso de la República de Colombia
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Adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad. El Fondo Nacional para el Desarrollo de la Infraestructura (FONDES) será administrado por la Financiera de Desarrollo Nacional y/o la entidad que defina el Gobierno nacional, de conformidad con la reglamentación expedida para el efecto y en los términos del contrato que se suscriba. El objeto del FONDES será la inversión y financiamiento de proyectos de infraestructura, así como la inversión en el capital social de empresas de servicios públicos mixtas u oficiales. (Artículo 56). |
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2020 |
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Decreto 277 de 2020 Nivel Nacional
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Tiene por objeto la inversión y el financiamiento de proyectos de infraestructura, así como la inversión en el capital social de empresas de servicios públicos mixtas u oficiales y su administración se encuentra a cargo de la Financiera de Desarrollo Nacional S.A. - FDN, por lo que en su rol como fiduciario, a la FDN sólo le será aplicable el régimen legal propio establecido en los artículos 258 y 261 del Decreto 663 de 1993. |
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Fondo Nacional para el desarrollo de la Infraestructura - FONDES
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