Año |
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Documento |
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Restrictor |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 Nivel Nacional
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Compila las normas sobre concurrencia de terceros en la adquisición de inmuebles por enajenación voluntaria y expropiación por vía judicial o administrativa, para la ejecución de proyectos de utilidad pública o interés social desarrollados directamente por particulares o mediante formas mixtas de asociación entre el sector público y el sector privado, de conformidad con los procedimientos previstos en las Leyes 9 de 1989 y 388 de 1997, para el efecto. (Artículos 2.2.5.5.1 al 2.2.5.5.9). |
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2017 |
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Resolución 399 de 2017 Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU
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Se acepta la concurrencia de terceros para la adquisición de inmuebles y ejecución de obras. entre otros, para programas y proyectos de renovación urbana. |
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2019 |
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Fallo 04080 de 2019 Consejo de Estado
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Señala que una de las características esenciales de la expropiación radica en el hecho que la actuación del Estado se hace por razones de utilidad pública e interés social, previa y justa indemnización del inmueble, en cuando comprende su valor y los perjuicios que se causan al afectado con dicha medida, con el fin de alejarse de un acto confiscatorio. |
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2019 |
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Resolución 533 de 2019 Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU
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Fija la tarifa por concepto del pago a favor de la EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C., que deberá ser asumida por los terceros concurrentes que soliciten la gestión de suelo por vía de enajenación voluntaria y/o expropiación administrativa, de acuerdo con lo definido en el artículo 61A de la Ley 388 de la 1997. |
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Concurrencia de Terceros
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