Documentos para LICENCIAS URBANÍSTICAS :: Definición
Año   Documento   Restrictor  
2015   Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 Nivel Nacional  

Compila las disposiciones sobre implementación y control del desarrollo territorial. Señala que la Licencia Urbanística es la autorización previa para adelantar obras de urbanización y parcelación de predios, de construcción y demolición de edificaciones, de intervención y ocupación del espacio público, y para realizar el loteo o subdivisión predios, expedida por curador urbano o la autoridad municipal competente, en cumplimiento normas urbanísticas y edificación adoptadas en Plan Ordenamiento Territorial, en los instrumentos que lo desarrollen o complementen, en los Especiales de Manejo y Protección (PEMP) y en las leyes y demás disposiciones que expida el Gobierno Nacional. (Artículo 2.2.6.1.1.1).
 

 
2015   Sentencia C-145 de 2015 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte señala que las licencias de urbanismo son un medio para verificar el cumplimiento de las normas urbanísticas y de sismo resistencia en las obras que se planea ejecutar o legalizar, pero no son el único instrumento de control de cumplimiento de la reglamentación de usos del suelo, por lo cual eximir determinadas obras de este requisito no implica relevarlas del cumplimiento de las disposiciones de los planes de ordenamiento territorial, los cuales tienen fuerza vinculante con independencia de que quienes las realicen deban obtener o no la licencia de urbanismo. Por lo tanto, precisa que las licencias de urbanismo no son un elemento esencial de los planes de ordenamiento territorial, sino una herramienta administrativa de control y vigilancia de los desarrollos urbanos con la que cuentan las administraciones municipales y distritales.
 

 
2016   Ley 1796 de 2016 Congreso de la República de Colombia  

Establece medidas enfocadas a la protección del comprador de vivienda, el incremento de la seguridad de las edificaciones y el fortalecimiento de la Función Pública que ejercen los curadores urbanos.  La licencia urbanística es el acto administrativo de carácter particular y concreto, expedido por el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente, por medio del cual se autoriza específicamente a adelantar obras de urbanización y parcelación de predios, de construcción, ampliación, modificación, adecuación, reforzamiento estructural, restauración, reconstrucción, cerramiento y demolición de edificaciones, de intervención y ocupación del espacio público, y realizar el loteo o subdivisión de predios. El otorgamiento de la licencia urbanística implica la adquisición de derechos de desarrollo y construcción en los términos y condiciones contenidos en el acto administrativo respectivo, así como la certificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y sismorresistentes y demás reglamentaciones en que se fundamenta, y conlleva la autorización específica sobre uso y aprovechamiento del suelo en tanto esté vigente o cuando se haya ejecutado la obra siempre y cuando se haya cumplido con todas las obligaciones establecidas en la misma.
 

 
2017   Concepto 120170 de 2017 Secretaría Distrital de Planeación  

Aclara si las obras de adecuación correspondería ejecutarlas al titular de la licencia de urbanización, que en este caso sería el Distrito Capital el responsable de ejecutar dichas obras por tratarse de un Desarrollo legalizado bajo la normativa del Acuerdo 6 de 1990, mencionando que no podría entenderse que tal carga le corresponde al Distrito Capital, toda vez que la obligación para su ejecución no nace como consecuencia de la legalización, sino del acto del licenciamiento urbanístico y del cumplimiento de las condiciones de las condiciones establecidas en el Decreto Distrital 562 de 2014.
 

 
2017   Concepto 120173 de 2017 Secretaría Distrital de Planeación  

La licencia urbanística es el acto administrativo de carácter particular y concreto, expedido por el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente, por medio del cual se autoriza específicamente a adelantar obras de urbanización y parcelación de predios, de construcción, ampliación, modificación, adecuación, reforzamiento estructural, restauración, reconstrucción, cerramiento y demolición de edificaciones, de intervención y ocupación del espacio público, y realizar el loteo o subdivisión de predios.
 

 
2017   Decreto 1203 de 2017 Nivel Nacional  

Ajusta la definición de licencia urbanística del Decreto 1077 de 2015 a lo dispuesto por el artículo 35 de la Ley 1796 de 2016 como "el acto administrativo de carácter particular y concreto, expedido por el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente, por medio del cual se autoriza específicamente a adelantar obras de urbanización y parcelación de predios, de construcción, ampliación, modificación, adecuación, reforzamiento estructural, restauración, reconstrucción, cerramiento y demolición de edificaciones, de intervención y ocupación del espacio público, y realizar el loteo o subdivisión de predios."
 

 

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