2020 |
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Resolución 710 de 2020 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP
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Establece que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá reanudará las acciones de suspensión y corte del servicio de acueducto, dentro del plazo de un mes para usuarios con facturación mensual, o dos meses, para usuarios con facturación bimestral, contados a partir de la finalización del término de aplicación de la medida de emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID 19, declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. |
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