2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1069 de 2015 Nivel Nacional
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Compila las normas reglamentarias del Sector Justicia y del Derecho. Establece que en todo contrato, y en particular, en el de adhesión o contenido predispuesto, se podrá incluir el pacto arbitral como cláusula de opción en los términos del artículo 23 de la Ley 51 de 1918. La estipulación debe ser clara, precisa e informarse explícitamente al celebrarse el contrato. (Artículos 2.2.4.2.10.1 al 2.2.4.2.10.2). |
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