2016 |
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Ley 1801 de 2016 Congreso de la República de Colombia
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Expide el Código Nacional de Policía y Convivencia. Señala las facultades de los alcaldes para la restricción de la movilidad o permanencia de niños, niñas y adolescentes en el espacio público o en lugares abiertos al público; los comportamientos que afectan la integridad de niños, niñas y adolescentes; las prohibiciones de los niños y las niñas; los comportamientos que afectan a los grupos sociales de especial protección (personas en condiciones de vulnerabilidad, discapacidad, niños, adultos mayores, mujeres en estado de embarazo); dispone de medidas para la atención integral de las personas habitantes de calle. En igual sentido, Determina los requisitos de los establecimientos, inmuebles o lugares donde se ejerce la prostitución, los comportamientos en su ejercicio, y de quienes lo soliciten, de los propietarios, tenedores, administradores o encargados de los establecimientos, inmuebles o lugares donde se ejerza, así como las medidas correctivas a aplicar. (Art. 36 al 46).
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