Documentos para SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA :: Actividad Económica
Año   Documento   Restrictor  
2015   Sentencia 583 de 2015 Corte Constitucional de Colombia  

El Estado al regular la actividad económica cuenta con facultades para establecer límites o restricciones en aras de proteger la salubridad, la seguridad, el medio ambiente, el patrimonio cultural de la Nación, o por razones de interés general o bien común (&). No podría en desarrollo de su potestad de intervención interferir en el ámbito privado de las empresas, es decir, en su manejo interno, en las técnicas que se deben utilizar en la producción de los bienes y servicios, en los métodos de gestión, pues ello atentaría contra la libertad de empresa y de iniciativa privada; pero sí puede, desde luego, proteger los intereses sociales de los trabajadores, las necesidades colectivas del mercado, el derecho de los consumidores y usuarios, etc. De ahí que se haya dicho que "la autonomía de la voluntad y por tanto de empresa ya no se proyecta sobre el mercado con la absoluta disponibilidad y soberanía de antaño; sus limitaciones de derecho público o privado forman parte ya del patrimonio irreversible de la cultura jurídica contemporánea. Y, en tal sentido, no puede interpretarse que el mandato constitucional de la libertad de empresa comporta el desmantelamiento integral de todas esas restricciones y limitaciones".
 

 
2016   Ley 1801 de 2016 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Código Nacional de Policía y Convivencia. Establece disposiciones para el desarrollo de la actividad económica definida como la actividad lícita, desarrollada por las personas naturales y jurídicas, en cualquier lugar y sobre cualquier bien, sea comercial, industrial, social, de servicios, de recreación o de entretenimiento; de carácter público o privado o en entidades con o sin ánimo de lucro, o similares o que siendo privados, sus actividades trasciendan a lo público. Regula el perímetro de impacto de la actividad económica, el registro en cámara, el control de actividades que trascienden a lo público, los requisitos para cumplir actividades económicas y el servicio de baño. Señala disposiciones para la reglamentación de los estacionamientos o parqueaderos. Igualmente determina los comportamientos relacionados con el cumplimiento de la normatividad que afectan la actividad económica, los que afectan la seguridad y tranquilidad, la salud pública que afectan la actividad, así como los comportamientos que afectan la seguridad de las personas y sus bienes relacionados con equipos terminales móviles; y las medidas correctivas a aplicar (Art. 83 al 94).
 

 
2019   Sentencia C-054 de 2019 Corte Constitucional de Colombia  

En criterio de la Sala, es claro que el numeral 6º del artículo 92 del Código solo puede aplicarse en concordancia, en los términos y en el marco del conjunto de normas que componen la regulación de la actividad económica, especialmente de las que relacionadas con la seguridad. Como esta interpretación surge del mismo Código, no se observa la existencia de otra interpretación plausible, pero contraria a los mandatos superiores y, en especial, al principio de legalidad. En consecuencia se declara la exequibilidad simple de esta disposición.
 

 

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