Documentos para BIENES MUEBLES E INMUEBLES :: Decomiso de Bienes Muebles
Año   Documento   Restrictor  
1993   Ley 40 de 1993 Congreso de la República de Colombia  

Se establece que los bienes muebles o inmuebles que sean empleados para arrebatar, sustraer, retener u ocultar a una persona con el propósito de exigir por su libertad un provecho o cualquier utilidad, o para que se haga o se omita algo, o con fines publicitarios o de carácter político o con cualquier propósito distinto, serán decomisados y puestos inmediatamente a disposición de la Fiscalía General de la Nación.
 

 
2016   Ley 1801 de 2016 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Código Nacional de Policía y Convivencia. Señala que el decomiso es la privación de manera definitiva de la tenencia o la propiedad de bienes muebles no sujetos a registro, utilizados por una persona en comportamientos contrarios a las normas de convivencia, mediante acto motivado. En tal sentido, los bienes muebles utilizados en la comisión de los comportamientos contrarios a la convivencia contenidos en el Código, Nacional de Policía serán decomisados. Cuando se trate de bebidas, comestibles y víveres en general que se encuentren en mal estado, o adulterados, o medicamentos vencidos o no autorizados por las autoridades de salud, o elementos peligrosos, el inspector de Policía ordenará su destrucción, sin perjuicio de lo que disponga la ley penal. (Art. 179)
 

 
2020   Ley 2041 de 2020 Congreso de la República de Colombia  

Establece que el incumplimiento de las prohibiciones en el uso, fabricación, importación o comercialización de productos cuando contengan plomo, dará lugar al decomiso respectivo de los bienes y el cierre de los establecimientos de comercio, así como el sellamiento de los sitios de almacenamiento de productos que contengan plomo de conformidad con las disposiciones aplicables a la materia.
 

 

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