Documentos para IMPUESTOS NACIONALES :: Impuesto de Timbre
Año   Documento   Restrictor  
2016   Decreto 2200 de 2016 Nivel Nacional  

Modifica el Decreto 1625 de 2016, Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reajustar lo concerniente al impuesto de timbre para actuaciones que se cumplan en el interior y exterior del País.
 

 
2016   Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016 Nivel Nacional  

Las personas jurídicas y naturales y sus asimiladas, para efectos del impuesto de timbre se consideran asimiladas a personas jurídicas y naturales las señaladas en materia de impuesto de renta y complementario. Así mismo, se consideran instrumentos públicos sometidos al gravamen, además de los consagrados en los artículos 523, 524 y 525 del Estatuto Tributario, las escrituras públicas en los términos del inciso segundo del artículo 519 del mismo Estatuto y los contratos administrativos. En el caso de la salida al exterior de nacionales y extranjeros residentes en el país, el impuesto de timbre se continuará recaudando por el Fondo Aeronáutico Nacional. De lo anterior, se compila lo relacionado con los agentes de retención; la causación y base gravable del aludido impuesto para algunas actuaciones; así como la cuantía en el impuesto de timbre nacional, el reajuste de las tarifas del impuesto para actuaciones que se cumplan en el exterior expresadas en dólares, actuaciones y documentos exentos del impuesto. (Artículo 1.4.1.1.1 al 1.4.1.8.2)
 

 

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