2017 |
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Resolución 549 de 2017 Ministerio de Salud y Protección Social
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Adopta los criterios y actividades mínimas que los prestadores de servicios públicos de acueducto deberán tener en cuenta para la elaboración de los estudios de riesgo, programas de reducción de riesgo y planes de contingencia de los sistemas de suministro de agua para consumo humano y establece disposiciones relacionadas con la autorización sanitaria (solicitud, emisión, no otorgamiento, seguimiento y control, responsabilidad del prestador del servicio). |
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2021 |
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Decreto 1471 de 2021 Nivel Nacional
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Modifica el artículo 2.3.1.3.2.2.6. de la Subsección 2, Sección 2, Capítulo 3, Título 1, Parte 3 del Libro 2 del Decreto número 1077 de 2015, en lo relacionado con las condiciones de acceso a los servicios de acueducto y alcantarillado. |
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