2016 |
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Concepto 190733 de 2016 Secretaría de Educación del Distrito - SED
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Se consultó si es válido el pago de facturas a terceros, a lo que la entidad contestó que sí, siempre y cuando el acreedor designe al tercero que va a recibir el pago en su nombre mediante un contrato de mandato general, mandato especial o simple mandato, conforme a lo establecido en los artículos 1634 y 1638 del Código Civil. |
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