Documentos para DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE - COLDEPORTES :: Reconocimiento deportivo
Año   Documento   Restrictor  
2015   Decreto Único Reglamentario 1085 de 2015 Nivel Nacional  

El Gobierno Nacional promoverá todo tipo de asociación deportiva que esté legalmente reconocida. Sin embargo, cuando se trate de organismos deportivos que aspiren a llevar la representación nacional o seccional, solicitar la sede de competiciones o eventos deportivos nacionales o internacionales, recibir subsidios económicos gubernamentales disfrutar de asesoría o servicios del Departamento Administrativo del deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre -COLDEPORTES- o de los entes deportivos departamentales o del Distrito Capital, entre otras actividades, deberán contar, además, con el reconocimiento deportivo correspondiente. Ergo, Cuando no se puedan llenar los requisitos mínimos exigidos para crear una federación deportiva nacional, el Director de COLDEPORTES podrá designar y reglamentar el funcionamiento de un comité, que se encargue del fomento, promoción y organización del correspondiente deporte. La misma actuación podrá hacer el Director del mencionado departamento cuando no exista una liga deportiva. (Artículos 2.5.1.1. al 2.5.1.3.).
 

 
2017   Circular Externa 003 de 2017 Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre - Coldeportes  

Cuando se trate de organismos deportivos que aspiren a llevar la representación nacional o seccional, solicitar la sede de las competiciones o eventos deportivos nacionales o internacionales, recibir subsidios económicos gubernamentales, disfrutar de asesoría o servicios del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) o de los entes deportivos departamentales o del Distrito Capital, entre otras actividades, deberán contar, además, el reconocimiento deportivo correspondiente. El reconocimiento deportivo de las ligas deportivas y asociaciones deportivas departamentales o del Distrito Capital, así como el de las Federaciones Deportivas Nacionales, será otorgado o renovado por el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes), de conformidad con lo previsto en el presente decreto, siguiendo en lo pertinente el trámite previsto por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso-Administrativo.
 

 

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