Documentos para TRANSPORTE PUBLICO :: Plataforma Tecnológica
Año   Documento   Restrictor  
2016   Decreto 2163 de 2016 Nivel Nacional  

La plataforma tecnológica es la autorización otorgada por el Ministerio de Transporte a la persona natural o jurídica propietaria de la misma que se utilicen para la atención del servicio de transporte público individual. La habilitación de esta es intransferible a cualquier título y no podrá ser utilizada para atender otras modalidades del transporte. Con el fin de dar trámite a la solicitud presentada por la persona natural o jurídica que requiera habilitar la plataforma tecnológica, el interesado deberá cumplir con los requisitos que establecen en el presente decreto. Este procedimiento se llevara a cabo ante el ministerio de transporte. Por otra parte no podrá iniciarse la operación de las plataformas tecnológicas de las que trata la presente resolución, hasta tanto no se obtenga la habilitación de la misma por parte de la misma entidad a través de la acreditación del cumplimiento de los requisitos que en el presente acto y demás disposición legales y reglamentarias se establecen, incluyendo las condiciones de funcionamiento. Finalmente estas plataformas para este tipo de transporte se sujetaran a las demás normas señaladas para ellas en este decreto.
 

 
2017   Decreto 456 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se implementa el uso de plataformas tecnológicas para el reporte de la información del servicio de Transporte Público Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en el nivel básico en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones
 

 

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