2014 |
|
Decreto 941 de 2014 Nivel Nacional
|
|
Se le podrá otorgar esta visa al extranjero que sin importar su nacionalidad desee ingresar al territorio nacional para realizar tránsito hacia país distinto a la República de Colombia. En el presente caso la visa tendrá una vigencia de hasta 30 días para múltiples tránsitos. El titular de esta visa solo podrá circular por la Zona de Tránsito Internacional de un aeropuerto colombiano y su permanencia será de máximo 24 horas durante la vigencia de la visa. |
|