Documentos para EMPRÉSTITO INTERNO :: Autorización
Año   Documento   Restrictor  
2015   Decreto Único Reglamentario 1068 de 2015 Nivel Nacional  

La celebración de contratos de empréstito interno a nombre de la Nación, requerirá autorización para suscribir el contrato, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación, cuando se trate de proyectos de inversión, y la minuta definitiva del contrato. Así mismo en el presente decreto se fija la celebración de empréstitos internos de las entidades territoriales y sus descentralizadas continuará rigiéndose por lo señalados en los Decretos Ley 1222 y 1333 de 1986 y sus normas complementarias, según el caso. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de registro de los mismos en la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (Artículos 2.2.1.2.1.5. y 2.2.1.2.1.7.).
 

 
2017   Resolución 2256 de 2017 Ministerio de Hacienda y Crédito Público  

Autoriza a Interconexión Eléctrica S. A. E.S.P para celebrar un empréstito interno con el Banco Davivienda S. A., hasta por la suma de $400.000.000.000 moneda legal colombiana. Igualmente se establecen unos términos y condiciones especiales para el mismo y se autoriza a la misma entidad para que otorgue un pagaré por cada desembolso a favor del mismo, en los términos de la Minuta de Contrato de Empréstito Interno y Pagaré aprobada por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Finalmente los recursos provenientes de este empréstito deberán destinarse para financiar parcialmente el plan de inversiones del año 2017.
 

 
2017   Resolución 3763 de 2017 Ministerio de Hacienda y Crédito Público  

Autoriza a Gestión Energética S.A. E.S.P. - Gensa S.A. E.S.P. para celebrar un empréstito interno con el Banco Davivienda S.A., hasta por la suma de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000) moneda legal colombiana. Igualmente se establecen unos términos y condiciones especiales para el mismo y se autoriza a la misma entidad para que otorgue un pagaré por cada desembolso a favor del mismo, en los términos de la Minuta de Contrato de Empréstito Interno y pagaré aprobada por la Dirección General de Crédito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Finalmente, los recursos provenientes del empréstito interno cuya celebración se autoriza por la presente resolución, con el propósito de solventar gastos vinculados a obligaciones de pago derivadas del contrato PPA de Paipa IV para la vigencia 2017.
 

 
2017   Resolución 4097 de 2017 Ministerio de Hacienda y Crédito Público  

Autoriza al Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para celebrar un empréstito interno con el Banco BBVA Colombia hasta por la suma de ciento treinta y cinco mil millones de pesos ($135.000.000.000) moneda legal colombiana, y a la Nación para el otorgamiento de la respectiva garantía.
 

 

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