2017 |
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Resolución 487 de 2017 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
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Reglamenta el artículo 57 de la Ley 1537 de 2012, , con el objeto de establecer el marco para el funcionamiento, operación y administración del Sistema de Inversiones en Agua Potable y Saneamiento Básico (Sinas), en desarrollo del artículo 57 de la Ley 1537 de 2012. Establece que cualquier persona pública o privada que solicite o ejecute recursos públicos que tengan impacto directo o indirecto en el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico, en suelo urbano o rural, sin importar la proporción o monto de los recursos, deberán reportar sus iniciativas de proyectos de inversión al Sinas, para efectos de la viabilización de proyectos de agua potable y saneamiento básico, en los términos establecidos en el Anexo 1° denominado Reporte de Iniciativas de Proyectos de Inversión Entidad Territorial y en el Anexo 2° denominado Reporte de Iniciativas de Proyectos de Inversión Gestor (PDA).). |
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