2014 |
|
Acuerdo 109 de 2014 Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar
|
|
Determina los recursos que las empresas operadoras del juego de lotería deben utilizar como reservas técnicas para el pago de premios y el procedimiento para su cálculo, contabilización y depósito. Las disposiciones se aplicarán a todas las Entidades Territoriales, a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado de cualquier orden, Sociedades de Capital Público Departamental (SCPD), la lotería de la Cruz Roja Colombiana, y a las demás personas, cualquiera fuere su naturaleza jurídica que exploten, organicen, administren, operen, controlen, fiscalicen, regulen y vigilen el juego de lotería tradicional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 643 de 2001 y las normas que la modifiquen, sustituyan o adicionen. |
|