2013 |
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Decreto 1694 de 2013 Nivel Nacional
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Modifica el artículo 6°, el parágrafo del artículo 9°, y el artículo 13 del Decreto número 699 de 2013, en donde los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales y los usuarios aduaneros, podrán transar con la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), hasta el 31 de agosto de 2013, el valor total de las sanciones e intereses, según el caso. |
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