Documentos para GRUPOS ÉTNICOS :: Derechos
Año   Documento   Restrictor  
2017   Decreto 505 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se adopta el Plan Integral de Acciones afirmativas - PIAA, 2017-2020, para el reconocimiento de la diversidad cultural y la garantía de los derechos del pueblo etnico Rrom o gitano residente en Bogotá, D.C., en el marco del "Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá, D.C., 2016-2020 "Bogotá Mejor Para Todos".
 

 
2017   Sentencia T-080 de 2017 Corte Constitucional de Colombia  

Esta corporación ha insistido en que la procedibilidad de las tutelas promovidas por minorías étnicas y, en general, por grupos y sujetos en situación de vulnerabilidad debe examinarse con criterios especiales. Tal flexibilización tiene su justificación en la necesidad de eliminar los obstáculos y las limitaciones que han impedido que estas poblaciones accedan a los mecanismos judiciales que el legislador diseñó para la protección de sus derechos en las mismas condiciones en que pueden hacerlo otros sectores de la población.
 

 
2019   Ley 1955 de 2019 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 - "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad". El Gobierno nacional y las organizaciones indígenas que asisten a la Mesa Permanente de Concertación (MPC) construirán de manera conjunta la propuesta de reglamentación de Pago por Servicios Ambientales (PSA) y otros incentivos de conservación para los pueblos y comunidades indígenas, y radicarán esta propuesta ante la MPC una vez entre en vigencia la Ley del Plan Nacional de Desarrollo (PND), para incluir su respectivo proceso de consulta previa con los pueblos y organizaciones indígenas. (Artículo 319)
 

 
2019   Sentencia C-480 de 2019 Corte Constitucional de Colombia  

Comprueba la Corte, que la omisión denunciada carece del principio de razón suficiente, por cuanto el legislador nunca argumentó por qué había excluido a las comunidades negras, raizales y palenqueras de la norma demandada. Tampoco precisó las razones que fundamentaron su decisión de incluir a los cabildos y asociaciones de cabildos indígenas; La Sala Plena establece que la omisión no satisface los principios de necesidad y proporcionalidad. El primero, en razón de que el legislador sí contaba con otra alternativa menos lesiva para los derechos de las comunidades afrodescendientes. El segundo, porque excluir a ese grupo poblacional de la producción de las bebidas alcohólicas tradicionales para consumo interno, máxime cuando se emplean para el ejercicio de la medicina tradicional, implica una interferencia desmedida a los derechos de reconocimiento de la identidad, la autonomía y la diversidad cultural.
 

 
2020   Circular 005 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital  

Insta a cada una de las entidades y organismos distritales a que verifiquen, dentro del marco de sus competencias, la implementación de las acciones y su incorporación en el plan institucional en cumplimiento de las políticas públicas para comunidades negras, afrocolombianas raizales y palenqueras, pueblos indígenas y pueblo gitano, en procura de garantizar sus derechos.
 

 
2020   Decreto 119 de 2020 Nivel Nacional  

Adiciona la Subsección 4 a la Sección 7 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, el criterio de focalización para el acceso al subsidio familiar de vivienda para áreas urbanas en especie a los hogares que pertenezcan al pueblo rrom o gitano en atención a su situación de vulnerabilidad. Establece como criterio de focalización para el acceso al subsidio familiar de vivienda en especie para áreas urbanas de que trata la Ley 1537 de 2012, a las familias que pertenezcan al pueblo Rrom o Gitano en atención a su situación de vulnerabilidad, con el fin de facilitar el acceso a una solución habitacional en condiciones dignas y adecuadas a sus usos y costumbres. La asignación del subsidio familiar de vivienda en especie para áreas urbanas de que trata la presente Subsección, se sujetará a la disponibilidad de recursos con que cuente el Fondo Nacional de Vivienda en su calidad de otorgante del subsidio.
 

 
2022   Ley 2234 de 2022 Congreso de la República de Colombia  

Establece los lineamientos para la construcción de la Política Pública de Emprendimiento Social, para el desarrollo de soluciones a los problemas sociales, culturales y ambientales, como motor de transformación e innovación a nivel nacional y regional; asimismo, fomentar su reconocimiento y fortalecimiento por parte del Gobierno Nacional, de las entidades públicas, los gobiernos locales y departamentales, el sector privado, así como otros actores estratégicos del ecosistema de emprendimiento social.
 

 
2023   Acuerdo 009 de 2023 Departamento Nacional de Planeación - Comisión Rectora del Sistema General de Regalías  

Adiciona un artículo al Acuerdo Único del Sistema General d Regalías, estableciendo lineamientos sobre los recursos de funcionamiento, operatividad y administración del SGR asignados a las Instancias de Decisión de los Grupos Étnicos.
 

 
2023   Resolución 409 de 2023 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte  

Ordena la apertura a la invitación para la Implementación Planes Integrales de Acciones Afirmativas - PIAA de pueblo étnicos - Conmemoración de las comunidades negras afrocolombianas, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
 

 
2023   Resolución 501 de 2023 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte  

Ordena la apertura de las "Invitaciones para la implementación de Planes Integrales de Acciones Afirmativas - PIAA de pueblos étnicos" de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Así mismo establece los requisitos y condiciones para la participación en la convocatoria.
 

 
2023   Resolución 531 de 2023 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte  

Declara desierta la invitación para la implementación Planes Integrales de Acciones Afirmaticas - PIAA de pueblos étnicos - Conmemoración de las comunidades negras afrocolombianas.
 

 
2023   Sentencia 110010 de 2023 Consejo de Estado  

El Consejo de Estado, declarará de oficio la excepción de cosa juzgada para estarse a lo resuelto en la sentencia de 24 de noviembre de 2022 que estudió los cargos de desconocimiento de los principios de legalidad, debido proceso, y reserva de ley estatutaria; así como el cargo de violación del derecho a la participación y a la consulta previa por parte de la Directiva Presidencial 001 de 2010. Así mismo advierte que la Directiva Presidencial 10 de 2013 es un acto administrativo que contiene parcialmente una serie de instrucciones informativas y sugerencias dirigidas a promover el obedecimiento de la legislación, la reglamentación vigente y la jurisprudencia de la Corte Constitucional en el interior del Gobierno Nacional, pero también incluye verdaderas órdenes reglamentarias que modificaron la forma en que se desarrolla el diálogo participativo con los grupos minoritarios frente a los procesos decisorios de las mayorías. Por lo expuesto, DECLARA probada de oficio la excepción de cosa juzgada frente al análisis de legalidad de la Directiva Presidencial 1 de 26 de marzo de 2010, de conformidad con la parte motiva de esta providencia. En consecuencia, ESTARSE a lo resuelto en sentencia de 24 de noviembre de 2022, proferida por la Sección Primera del Consejo de Estado, radicación: 11001-03-24-000-2012-00025-00. DECLARA la nulidad parcial de la "Guía para la realización de la Consulta Previa con Comunidades Étnicas", adoptada a través de la Directiva Presidencial 10 de 2013.
 

 

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