Año |
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Documento |
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Restrictor |
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2016 |
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Decreto 1348 de 2016 Nivel Nacional
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Las sociedades comerciales, asociaciones mutuales, pre cooperativa o cooperativas, fondos de empleados y las cajas de compensación familiar, que efectúen operaciones de venta de libranzas o actúen como administradoras de las mismas, deberán contar con un sitio de internet en la cual permanezcan publicados los últimos estados de situación financiera y estados de resultados de fin de ejercicio que la administración de la sociedad haya elaborado. |
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2017 |
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Circular Externa 201000 de 2017 Superintendencia de Sociedades
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Establecen los plazos y requisitos mínimos para la presentación de estados financieros a 31 de diciembre de cada ejercicio, junto con los documentos adicionales, requeridos a las entidades empresariales. Ahora bien, los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2017, junto con los documentos adicionales requeridos, deberán ser presentados a través del sistema integrado de reportes financieros SIRFIN. La presentación de los estados financieros de fin de ejercicio y de los documentos adicionales deberá efectuarse mediante la sección Presentación Informes Empresariales del portal www.supersociedades.gov.co. |
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2020 |
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Circular Externa 100000 de 2020 Superintendencia de Sociedades
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Modifica los plazos para la presentación de los estados financieros de fin de ejercicio y otros informes del año 2019. |
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2020 |
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Resolución 100000 de 2020 Superintendencia de Sociedades
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Modifica los plazos para el envío de estados financieros a 31 de diciembre de 2019, informe 42 prácticas empresariales a 31 de diciembre de 2019, entre otros, y por consiguiente dispone medios electrónicos como página web, línea telefónica y Chat para recibo de dichos informes, en el marco de las medidas adoptadas para contener la propagación del COVID-19. |
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