2013 |
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Fallo 20258 de 2013 Consejo de Estado
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Se notificarán por medio de anotación en estados electrónicos para consulta en línea, bajo la responsabilidad Secretario. La inserción en el estado se hará el día siguiente al de la fecha del auto y en ella ha de constar, la identificación del proceso, los nombres del demandante y el demandado, la fecha del auto y el cuaderno en que se halla, y la fecha del estado y la firma del Secretario. |
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2020 |
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Decreto 806 de 2020 Nivel Nacional
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Decreta que las notificaciones por estado se fijarán virtualmente, con la inserción de la providencia, y no será necesario imprimirlos, ni firmarlos por el secretario, ni dejar constancia con firma al pie de la providencia respectiva.
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