Documentos para AGENCIAS NACIONALES :: Agencia Nacional de Minería
Año   Documento   Restrictor  
2015   Decreto Único Reglamentario 1073 de 2015 Nivel Nacional  

El sistema de radicación de la Agencia Nacional de Minería (ANM), debe tener en cuenta, entre otros aspectos, los señalados como: fijar los lineamientos y tiempos dentro de los cuales el usuario minero puede acceder al sistema, establecer que cada usuario podrá obtener un número de identificación el cual será consecutivo, señalar un término para que el interesado anexe los documentos que soportan la propuesta de contrato de concesión. (Artículo 2.2.5.1.2.1)
 

 
2017   Decreto 1102 de 2017 Nivel Nacional  

La Agencia Nacional de Minería o quien haga sus veces, incluirá, publicará y mantendrá actualizada la información de las personas naturales o jurídicas titulares de derechos mineros que se encuentren en etapa de explotación. Esta publicación deberá contener: Nombre e Identificación del Titular(es), Municipio(s), Departamento(s), Mineral, Código del Registro Minero Nacional y Capacidad de Producción Mensual, expresada en unidades de volumen de cada uno de los títulos mineros. Esta información será la que corresponda a lo aprobado en el Programa de Trabajo e Inversiones (PTI) o Plan de Trabajos y Obras (PTO).
 

 

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