2017 |
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Resolución 201712 de 2017 Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar - Coljuegos
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El valor cubierto por la garantía de cumplimiento de premios debe ser igual al valor total del plan de premios ofrecido, con una vigencia mínima por el término del juego promocional y dos (2) meses más. Quien adquiere la garantía debe ser la sociedad o persona natural que presenta la solicitud (debe estar firmada por el Representante Legal); el asegurado debe ser Coljuegos (NIT 900505060- 5) y beneficiario Terceros; se debe mencionar el nombre completo del promocional. El objeto de la garantía de cumplimiento debe ser garantizar la entrega de premios del juego promocional. La garantía debe estar acompañada de su respectivo recibo de pago. |
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