Documentos para INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL (INCODER) :: Funciones
Año   Documento   Restrictor  
2015   Decreto 2363 de 2015 Nivel Nacional  

El Instituto Colombiano de Desarrollo Rural deberá identificar los contratos, convenios, acuerdos y procesos de contratación en curso que por su objeto deban continuar su ejecución por la Agencia Nacional de Tierras. Para tal efecto, los representantes legales o sus delegados, de las dos entidades, suscribirán un acta que contenga la relación de los mismos, y formalizarán las respectivas subrogaciones en un tiempo no superior a un (1) mes contado desde la fecha en que entre en operación la Agencia Nacional de Tierras. Dichos contratos continuarán ejecutándose en los términos en que hayan sido suscritos.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1071 de 2015 Nivel Nacional  

Se compilan las normas concernientes con la adecuación de tierras, ejecución de proyectos, administración, operación y mantenimiento de los distritos de adecuación de tierras; asociaciones de usuarios; recuperación de la inversión pública; infracciones y sanciones; procedimiento para la negociación voluntaria de tierras entre hombres y mujeres campesinos sujetos de reforma agraria y propietarios; servicios de apoyo y asesoría; agentes del mercado de tierras; procedimiento; precio y forma de pago; condición resolutoria obligaciones de los adquirientes; asignación integral de asistencia e incentivos directos para apoyar subproyectos productivos sostenibles, en desarrollo del proyecto alianzas productivas para la paz. (Artículos 2.14.1.1.1. al 2.14.4.15.). A su vez se reglamenta el procedimiento para la adquisición de tierras y mejoras rurales, programas de adquisición de tierras; selección de predios aptitud agropecuaria; derecho de exclusión; precio y forma de pago. (Artículo 2.14.6.1.1. al 2.14.6.6.4.). Así mismo, Las entidades financieras que adquieran predios rurales a título de dación en pago por la liquidación de créditos hipotecarios, o mediante sentencia judicial, deberán ofrecerlos en venta al INCODER. (Artículo 2.14.6.7.1.). En correlación con sus funciones el INCODER realiza la dotación y titulación de tierras a las comunidades indígenas para la constitución, reestructuración, ampliación y saneamiento de los resguardos indígenas en el territorio nacional (Artículos 2.14.7.1.1. al 2.14.7.4.1.).
 

 

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