2014 |
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Resolución 038 de 2014 Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Las fronteras comerciales con reporte al ASIC deben contar con medidores de energía activa y reactiva de tal manera que permitan, como mínimo, el registro horario de las transacciones de energía en el primer minuto de cada hora y con los equipos necesarios para realizar la lectura, interrogación y reporte de la información en los términos establecidos en el artículo 15 de la presente norma. |
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