2016 |
|
Decreto 507 de 2016 Nivel Nacional
|
|
El Comité de Ministros creado por la Ley 288 de 1996 designará la entidad que deba asumir el trámite y pago de las indemnizaciones de perjuicios de que trata dicha ley. Esta decisión se adoptará en el mismo acto administrativo en el cual se emita concepto favorable al cumplimiento de la decisión internacional de que se trate. La designación de estas entidades se realizara con base en los criterios señalados en este decreto . |
|