Documentos para DOCENTES OFICIALES :: Régimen Salarial y Prestacional
Año   Documento   Restrictor  
2016   Decreto 120 de 2016 Nivel Nacional  

Modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media que se rigen por el Decreto Ley 1278 de 2002, y se dictan otras disposiciones de carácter salarial para el sector educativo estatal.
 

 
2016   Decreto 122 de 2016 Nivel Nacional  

Modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado, en los niveles de preescolar, básica y media que se rigen por el Decreto Ley 2277 de 1979, y se dictan otras disposiciones de carácter salarial para el sector educativo estatal.
 

 
2016   Fallo 0136 de 2016 Tribunal Administrativo de Cundinamarca  

El Gobierno Nacional, establece la escala única nacional de salarios y el régimen prestacional para los docentes escalafonados, lo mismo que las remuneraciones adicionales para los directivos docentes, de acuerdo con los niveles educativos y el tamaño de la institución educativa que dirijan. Tendrán derecho a una prima de servicio anual equivalente a quince días de remuneración, el valor del trabajo suplementario y del realizado en jornada nocturna o en días de descanso obligatorio y la bonificación de servicios prestados. Por lo tanto el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca, confirma la decisión del juzgado que negó las pretensiones de la demanda, ya que considera que hacer una equiparación de ciertos emolumentos a favor personal bajo el mal interpretado derecho de la igualdad; significa la renuncia a otros tratamientos laborales que no perciben los empleados de la rama ejecutiva.
 

 
2018   Auto 00580 de 2018 Consejo de Estado  

La Corte Constitucional en ejercicio de la facultad de revisión prevista en el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991, se pronunció sobre la materia objeto de estudio, mediante la Sentencia de Unificación SU 336/17, en la cual señaló que los educadores estatales no se encuentran contemplados dentro de ninguna de las categorías de servidores públicos, y expuso que, de conformi-dad con el artículo 125 superior, los empleados públicos confor-man una categoría residual, a la que pertenecerían todos aque-llos funcionarios del Estado que no encuadran en ninguno de ta-les grupos. De ese modo, esa Corporación entendió a los docen-tes como son «empleados oficiales de régimen especial». Seña-ló igualmente, que a los mismos, les es aplicable el régimen general contenido en la Ley 244 de 1995, modificado por la Ley 1071 de 2006, que contempla la posibilidad de reconocer a favor de estos la sanción por el pago tardío de las cesantías reconocidas, previo cumplimiento de los requisitos legales, por cuanto resulta ser la condición más beneficiosa y materializa los principios, valores, derechos y mandatos constitucionales, particularmente, al principio de favorabilidad consagrado en el artículo 53 de la Constitución Política.
 

 
2018   Sentencia de Unificación 00580 de 2018 Consejo de Estado  

Senta jurisprudencia en el sentido de señalar que para las cesantías definitivas, el salario base para calcular la sanción moratoria será las asignación básica vigente en la fecha en que se produjo el retiro del servicio del servidor público; a diferencia de las cesantías parciales, caso en el cual se deberá tener en cuenta la asignación vigente al momento de la causación de la mora sin que varíe por la prolongación en el tiempo.
 

 
2020   Decreto 311 de 2020 Nivel Nacional  

Fija el sistema salarial y prestacional para empleados públicos docentes de instituciones de Educación Superior, denominadas Colegios Mayores, Instituciones Tecnológicas, Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas e Instituciones Técnicas Profesionales del Orden Nacional.
 

 
2021   Decreto 965 de 2021 Nivel Nacional  

Modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media y se dictan otras disposiciones de carácter salarial para el sector educativo estatal.
 

 
2022   Acuerdo 001 de 2022 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Comité de Conciliación y Defensa Jurídica  

Expone que los docentes oficiales, no están amparados por las disposiciones de liquidación anual de las cesantías consagradas en la Ley 50 de 1990, comoquiera que la aplicación de tales previsiones con destino a los empleados territoriales surgió de la Ley 344 de 1996, en cuyo artículo 13 les hizo extensivas las normas vigentes en materia de cesantías, pero hizo la salvedad de que ello era «sin perjuicio de lo estipulado en la Ley 91 de 1989», lo que se traduce en que lo allí dispuesto no cobijó al personal docente.
 

 
2022   Decreto 447 de 2022 Nivel Nacional  

Decreta un incremento del siete punto veintiséis por ciento (7.26%) en la remuneración mensual en tiempo completo por concepto de asignación básica y gastos de representación, correspondiente a los empleados públicos docentes y administrativos de las Universidades Oficiales a 31 de diciembre de 2021. El incremento rige a partir del 1 de enero de 2022. Así mismo, indica que la bonificación por servicios prestados será del cincuenta por ciento (50%) de la remuneración mensual en tiempo completo. No obstante, la bonificación solo es aplicable a los servidores públicos que adoptaron el régimen salarial del Decreto 1279 de 2002.
 

 

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