Documentos para SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL :: Régimen Especial
Año   Documento   Restrictor  
2015   Decreto 57 de 2015 Nivel Nacional  

Cuando la persona afiliada como cotizante a un régimen especial o de excepción o su cónyuge, compañero o compañera permanente, tenga una relación laboral o ingresos adicionales sobre los cuales esté obligado a cotizar al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), el aportante deberá efectuar la respectiva cotización al Fondo de Soli¬daridad y Garantía (Fosyga). Los servicios asistenciales serán prestados exclusivamente a través del Régimen Especial o de Excepción y, las prestaciones económicas a cargo del Sistema General de Seguridad Social en Salud serán cubiertas por el Fosyga en proporción al Ingreso Base de Cotización sobre el cual se realizaron los respectivos aportes. Para tal efecto el empleador hará los trámites respectivos.
 

 
2017   Sentencia T-525 de 2017 Corte Constitucional de Colombia  

La Ley 100 de 1993 por medio de la cual se crea el Sistema General de Seguridad Social, se aplica de manera general en materia de pensión de sobrevivientes, sin embargo, debido a las particularidades de algunos sectores laborales, la Constitución permitió la creación de regímenes especiales, entre estos, aquel perteneciente a las Fuerzas Militares y a la Policía Nacional. La finalidad de estos regímenes especiales consistió en suplir las particulares exigencias de los diferentes sectores, de acuerdo con su naturaleza.
 

 

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