Documentos para FUERZAS MILITARES Y DE POLICÍA :: Fondo de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública-FONDETEC
Año   Documento   Restrictor  
2015   Decreto 1721 de 2015 Nivel Nacional  

Precisa los criterios que orientan la asignación de recursos para los servicios de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública con cargo a Fondetec, incluyendo criterios de distribución proporcional, cuando la demanda del servicio supere la apropiación presupuestal disponible, a fin de asegurar que se cubra la defensa de aquellos integrantes de la Fuerza Pública que no cuentan con rentas e ingresos suficientes para sufragar su defensa, ese decreto aplica a los miembros de la Fuerza Pública activos o retirados.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1070 de 2015 Nivel Nacional  

Al tenor de lo dispuesto en el artículo 9o de la Ley 1698 de 2013, el Comité Directivo del Fondo de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública FONDETEC establece las sesiones, funciones e integrantes de acuerdo a lo reglamentado en este decreto. Así mismo, el Fondetec podrá celebrar convenios o contratos con entidades oficiales o privadas para la designación de expertos en determinada ciencia, arte, técnica u oficio, entre otros, con el fin de contar con su asesoría cuando la naturaleza de los hechos objeto de un proceso asignado a un defensor público lo requiera. (Artículo 2.2.1.2.3.1 al 2.2.1.2.4.1).
 

 
2015   Sentencia 044 de 2015 Corte Constitucional de Colombia  

El Fondo de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública, es una cuenta especial de la Nación - Ministerio de Defensa Nacional, que hará parte del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General, sin personería jurídica, con independencia patrimonial, el cual funcionará bajo la dependencia, orientación y coordinación del Ministerio de Defensa Nacional. Fondetec financiará el Sistema de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública, siempre y cuando la falta o delito haya sido cometido en ejercicio de la misión constitucional asignada a la Fuerza Pública o con ocasión de ella.
 

 
2015   Sentencia 745 de 2015 Corte Constitucional de Colombia  

El Fondo de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública, que financia el SDTYE, hace parte y funciona bajo la dependencia, orientación y coordinación del Ministerio de Defensa Nacional. Asi mismo respecto de los profesionales del Derecho que al interior del SDTYE actúan como defensores, las normas prevén que estos deberán tener estudios de especialización o maestría en Derecho Disciplinario, Penal o Procesal Penal y experiencia en litigio penal o en disciplinario, así como conocimientos en Derecho Operacional o Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. De igual modo, se establece que habrá un Registro de Abogados del Sistema de Defensoría Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública, administrado por el Fondetec.
 

 

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