Documentos para CONTROL POLÍTICO :: Control Jurisdiccional
Año   Documento   Restrictor  
2013   Fallo 1514 de 2013 Consejo de Estado  

Por la naturaleza misma de la moción de censura, esto es, como una forma de control político resulta innegable que se trata de un acto de contenido político. En este orden de ideas, es posible señalar que la moción de censura es un acto de naturaleza especial que merece un tratamiento diferente como expresión de la soberanía del pruebo a través de sus representantes. Asimismo, señaló que, resulta pertinente determinar el alcance del control jurisdiccional que procede sobre éste. De conformidad con lo anterior, se tiene que la moción de censura, como acto político es objeto de control por parte de la jurisdicción de lo contencioso administrativo de conformidad con el artículo 82 del C.C.A., y 104 del C.P.A.C.A.; sin embargo, es necesario delimitar el alcance de dicho control. Se resalta que en el instrumento de la moción de censura existen unos elementos objetivos establecidos en la Constitución y es sobre aquéllos que recae el control jurídico; no sobre el núcleo político de la decisión, pues no se puede controlar algo político con ojos jurídicos; entonces, para la Sala, cuando el C.C.A. y el C.P.A.C.A expresan que el objeto de la jurisdicción es conocer, entre otros, de las controversias originadas en actos políticos, en lo que se refiere a la moción de censura esta disposición debe interpretarse en lo que a sus elementos jurídicos se refiere, esto es, aquéllos reglados en la Constitución y que son los relacionados con los cargos de expedición irregular y la falta de competencia.
 

 

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