2015 |
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Decreto 1116 de 2015 Nivel Nacional
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El docente y el directivo docente de tiempo completo a que se refiere el presente Decreto, que devengue una asignación básica mensual igual o inferior a dos (2) veces el salario mínimo mensual legal vigente, percibirá un auxilio de transporte durante los meses de labor académica, reconocido en la forma y cuantía establecidas por las normas aplicables a los empleados públicos del orden nacional. Este auxilio sólo se reconocerá durante el tiempo en que realmente preste sus servicios en el respectivo mes. |
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2018 |
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Decreto 317 de 2018 Nivel Nacional
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Fija el valor del auxilio de movilización para aquellos docentes y directivos docentes que trabajen en establecimientos educativos de los departamentos de Arauca, Casanare, Putumayo, el Archipielago de San Andres, Providencia y Santa Catalina, y las Comisarías del Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés y Vichada, o en establecimientos educativos en áreas rurales. De igual manera, se fija el valor de auxilio de transporte para aquellos docentes que devenguen una asignación basica mensual igual o inferior a dos S.M.M.L.V. |
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2021 |
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Decreto 966 de 2021 Nivel Nacional
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Establece que el servidor público etnoeducador de tiempo completo que desempeñe uno de los cargos docentes y directivos docentes a que se refiere el presente Decreto, que devengue una asignación básica mensual igualo inferior a dos (2) veces el salario mínimo mensual legal vigente, percibirá un auxilio de transporte durante los meses de labor académica, reconocido en la forma y cuantía establecidas por las normas aplicables a los empleados públicos del orden nacional. Este auxilio sólo se reconocerá durante el tiempo en que realmente preste sus servicios en el respectivo mes. |
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